En un litisconsorcio activo renuncia a la acción uno de los actores, que son tres. Entonces, el crédito reclamado (monto de la demanda), ¿decrece en un tercio?
JV
asi tan generico tirado el tema a la cancha pareceria que deberia decrecer porque sino el que cobre mas estaria obteniendo un enriquecimiento sin causa, pero habria que ver si hay alguna cuestion que haga que el tema sea diferente