Estimados: En un daños y perjuicios, hay un incidente de ejecucion de honorarios que tiene sentencia de trance y remate. Se ha solicitado la audiencia del art. 532 del CPC BS AS para tratar de hallar soluciones conciliatorias y que inmedie el Juez. Al ejecutante no le interesa, pero me gustaría que sostenga en el Juzgado sus descabellados planteos de intereses por honorarios provisorios (ya fueron fijados los definitivos). Ahora bien, el ejecutante constituyó domicilio en los estrados del Tribunal. Como hago para hacerlo venir a la audiencia? Obviamente con apercibimniento de astreintes por cada día de retardo en no instar el acto propio del cumplimiento de la orden judicial de citación a la audiencia, pero me gustaría saber si alguien sabe, conoce y/o tiene material jurisprudencial para, TAMBIEN, pedir la suspensión de la ejecución hasta tanto se celebre la citada audiencia. La idea es que el letrado tiene el deber etico de comparecer los martes y viernes, por tanto se notifica por nota de la audiencia y del apercibimiento. Siendo esto así, si puedo agregar el apercibimiento de suspensión del trámite de la ejecución, sin lugar a dudas lo voy a obligar a comparecer, pero al mismo tiempo tengo que presentarlo ante el juzgado con la seriedad de un asunto que ha tenido acogida jurisprudencial. En JUBA: Nada ! Espero sugerencias. Gracias
arenara escribió:Estimados: En un daños y perjuicios, hay un incidente de ejecucion de honorarios que tiene sentencia de trance y remate. Se ha solicitado la audiencia del art. 532 del CPC BS AS para tratar de hallar soluciones conciliatorias y que inmedie el Juez. Al ejecutante no le interesa, pero me gustaría que sostenga en el Juzgado sus descabellados planteos de intereses por honorarios provisorios (ya fueron fijados los definitivos). Ahora bien, el ejecutante constituyó domicilio en los estrados del Tribunal. Como hago para hacerlo venir a la audiencia? Obviamente con apercibimniento de astreintes por cada día de retardo en no instar el acto propio del cumplimiento de la orden judicial de citación a la audiencia, pero me gustaría saber si alguien sabe, conoce y/o tiene material jurisprudencial para, TAMBIEN, pedir la suspensión de la ejecución hasta tanto se celebre la citada audiencia. La idea es que el letrado tiene el deber etico de comparecer los martes y viernes, por tanto se notifica por nota de la audiencia y del apercibimiento. Siendo esto así, si puedo agregar el apercibimiento de suspensión del trámite de la ejecución, sin lugar a dudas lo voy a obligar a comparecer, pero al mismo tiempo tengo que presentarlo ante el juzgado con la seriedad de un asunto que ha tenido acogida jurisprudencial. En JUBA: Nada ! Espero sugerencias. Graciastené presente que
"San Isidro, de de 2010.- En atención a que a fs. ... , se tuvo por constituido el domicilio procesal de ... en los estrados del Juzgado, siendo de aplicación a los mismos lo dispuesto por el art. 133 del CPCC, por innecesario no ha lugar a las cédulas solicitadas. DR. ... JUEZ"

