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 #1027662  por marsis
 
Tengo un par de preguntas ya que me han encomendado un juicio de daños y perjuicios por accidente de tránsito:
a) las fotos del vehículo que agregue a la causa deben estar certificadas por escribano?
b) El auto mi cliente lo puede reparar y usar?
c) Es condición necesaria presentar una pericia médica realizada por mi parte o con los estudios de la ART alcanza? Mi cliente fué realmente golpeado y presenta secuelas.
d) Intervengo en la causa penal para algo en particular o dejo que se actúe de oficio?
Desdde ya muchas gracias a quienes colabroren en las respuestas
Marcelo
 #1027772  por DrAccidente
 
Hola, las fotos adjuntadas deben estar certificadas por escribano si el cliente modifica el vehículo reparándolo (de lo contrario no es necesario, pues el perito lo examinará)
La pericia, no hace falta adjuntarla al inicio, podés ofrecerla como prueba, por intermedio del perito que designe el juez.
Yo la causa penal la tomo como mero antecedente de pruebas del momento, según el caso no la activo. Abrazo
 #1027781  por face
 
HOLA DR ACCIDENTES. LAS FOTOS NO DEBEN ESTAR CERTIFICADAS POR ESCRIBANO, DEJALAS RESERVADAS EN SECRETARIA Y EN LA PRUEBA SOLICITA UN PERITO MECÁNICO, QUIEN EN VIRTUD DE LAS FOTOS DETERMINARA SI SE CORRESPONDE CON LOS DAÑOS QUE PEDÍS. LA PARTE PENAL DEJALA QUE VALLA DE OFICIO . Y SOLICITAS EN LA PRUEBA SE OFICIE A LA ART A LOS FINES DE QUE INFORME RESPECTO A LAS LESIONES( HISTORIA CLINICA) Y EL MEDICO QUE TE HIZO EL INFORME LO CITAS DE TESTIGO. EL AUTO LO PUEDE REPARAR Y USAR, TAMBIEN VENDER SIEMPRE Y CUANDO TENGAS LOS PRESUPUESTOS Y LAS FOTOS.
 #1027851  por marsis
 
Muchisimas gracias por la data¡ Aunque me quedó por hacer una pregunta importante: Si mi cliente tiene seguro contra todo riesgo y le reponen un auto nuevo o se hacen cargo de todos los daños, yo puedo incluir el costo del auto o de su reparación en los rubros demandados? Repito, muchas, gracias, esta bueno saber que hay gente que ayuda al otro¡
 #1027908  por DrAccidente
 
marsis escribió:Muchisimas gracias por la data¡ Aunque me quedó por hacer una pregunta importante: Si mi cliente tiene seguro contra todo riesgo y le reponen un auto nuevo o se hacen cargo de todos los daños, yo puedo incluir el costo del auto o de su reparación en los rubros demandados? Repito, muchas, gracias, esta bueno saber que hay gente que ayuda al otro¡
Marsis: no se puede cobrar dos veces pues sería enriquecimiento ilícito. Si el propio seguro te paga el valor del rodado, serán ellos los que podrán repetir del seguro del tercero causante del accidente, no vos. Abrazos