Estimados, les cuento el caso.
Se hace la reserva de un inmueble ad referéndum del propietario (se deja constancia que parte de ese valor de abonará con un crédito hipotecario). Se acuerda el precio final y se refuerza la reserva (5% del valor de la operación), también ad referendum (aunque acordado telefónicamente). La inmobiliaria entrega copia del título y del reglamento de copropiedad al comprador para iniciar trámites ante el banco, mientras piden en catastro los planos para los mismos fines. Coordinamos fecha para retirarlos (ya los habían conseguido) y nos informan que ya pidieron informes de dominio e inhibiciones para el boleto.
Un día antes de esa fecha nos avisan que la propietaria está enferma, que no se puede mover y que por ahora no vende. Asimismo que no hicieron conformar la reserva porque esperaban tener los planos.
Entiendo que, aún no estando conformada, hubo hechos que hacen presumir la conformidad del propietario (entrega de título, del reglamento, etc.), y que le cabe responsabilidad al corredor, como mandatario, correspondiéndole al comprador recuperar la reserva y un importe por el mismo valor en carácter de resarcimiento (El preacuerdo del crédito está por vencer). Qué opinan?
Gracias por el aporte
Se hace la reserva de un inmueble ad referéndum del propietario (se deja constancia que parte de ese valor de abonará con un crédito hipotecario). Se acuerda el precio final y se refuerza la reserva (5% del valor de la operación), también ad referendum (aunque acordado telefónicamente). La inmobiliaria entrega copia del título y del reglamento de copropiedad al comprador para iniciar trámites ante el banco, mientras piden en catastro los planos para los mismos fines. Coordinamos fecha para retirarlos (ya los habían conseguido) y nos informan que ya pidieron informes de dominio e inhibiciones para el boleto.
Un día antes de esa fecha nos avisan que la propietaria está enferma, que no se puede mover y que por ahora no vende. Asimismo que no hicieron conformar la reserva porque esperaban tener los planos.
Entiendo que, aún no estando conformada, hubo hechos que hacen presumir la conformidad del propietario (entrega de título, del reglamento, etc.), y que le cabe responsabilidad al corredor, como mandatario, correspondiéndole al comprador recuperar la reserva y un importe por el mismo valor en carácter de resarcimiento (El preacuerdo del crédito está por vencer). Qué opinan?
Gracias por el aporte
Natalia
