Tengo una duda, el fisco inicia ejecutivo cuando mi cliente debía el pago de la DJ de IVA, pero cuando le llega el mandamiento, ya había pagado parte de esa deuda. Mi duda es si poner o no excepción parcial de pago, porque cuando inician es verdad que se debía, pero cuando se traba la litis (mandamiento) ya había cancelado la mitad de lo que se le reclama
