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  • Medida cautelar para protección de menor

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1027498  por natalia84
 
Hola! Me consultó una madre de una menor de 17 años, próxima a los 18, que quiere iniciar algún tipo de medida cautelar hasta tanto cumpla la mayoría y así iniciar una inhabilitación o demencia respecto de su hija. Ella tiene varios problemas graves de conducta, y los psiquiatras que la atienden diagnostican una patología severa.
La evaluación que prevé el art. 482 del Código Civil es viable? La madre en sí necesita que un juez obligue un tratamiento psiquiátrico con asistencia a un establecimiento.
Gracias.
 #1027857  por legale
 
Hola
Ud colega dice "hasta tanto cumpla la mayoría y así iniciar una inhabilitación o demencia respecto de su hija."
pero si es el caso de demencia se pide dde los 14........
Art. 145. codigo civil Si el demente fuese menor de catorce años no podrá pedirse la declaración de demencia.

Lea
Art. 149. Si el denunciado como demente fuere menor de edad, su padre o su madre o su tutor ejercerán las funciones del curador provisorio.
Art. 142. La declaración judicial de demencia no podrá hacerse sino a solicitud de parte, y después de un examen de facultativos.

Entonces, porque no iniciar la insania ahora? En el mismo expediente se pueden pedir las medidas preventivas que se consideren. y listo.
 #1028169  por natalia84
 
Gracias por su respuesta. Mi duda es porque un psiquiatra con el que hablé del tema me manifestó que hasta los 18 no se puede dar un diagnóstico exacto, por eso se me ocurrió alguna medida cautelar. Aunque como todo indica que el que tiene se va a confirmar me convendría iniciarla, ya que entre el tiempo que demore y hasta se llegue a la pericia ya va a cumplir los 18.
Muchas gracias!!
 #1030078  por manuela
 
Te dijo eso porque creo que hasta la 18 años se construye la personalidad, es un tema medico. La declaracion de insania o inhabilitacion no es para siempre, el fin principal es recuperar al insano.
 #1033235  por manuela
 
Igualmente el codigo civil permite la declaracion de insania o inhabilitacion a partir de los 14 años, si no tenes informe de dos medicos, pedi
que sea evaluada por dos medicos peritos o inicia una causa de medidas preeliminares para que sea evaluada, si estas hablando en pcia. de buenos aires.