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  • PUEDEN PLANTEAR CADUCIDAD?

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 #1029947  por sandocan
 
hola gente: necesito opinión en un caso de acc.laboral ocurrido en el 2007

Se incio demanda civil por daños y perj un dia antes, de la prescripción, sin documentacion, año 2009, salio providencia, que dice: presentese en forma y se provera, de alli no tuvo movimiento, no se notifico nunca a la empresa ni a la art. Fue a archivo en el 2011 y un abogado lo hace volver al juzgado en el 2013, en marzo- supongo con la intencion de seguir Viene el Sr al estudio y le comento el estado del exp. y se quiere morir el abogado -patrocinio-que contrato no le hizo nunca nada, mi pregunta es: si es posible que lo pueda activar de nuevo y notitifcar la demanda o lo dejo ahi. otra que al contestar la demanda me planten caducidad, por aqui el juzgado no lo planteo de oficio. espero respuestas colegas
 #1030090  por sandocan
 
gracias: soy de santiago del estero , aqui la caducidad se puede plantear de oficio o de parte,lo que pasa que la demanda nunca se notifico, el juzgado lo archivo sin ninguna resolucion, y se reactivo con el desARCHIVO
 #1030110  por andresxeneizes
 
entonces es como en capital y te la pueden plantear al contestar demanda.
en todo caso, avisale por escrito al cliente de los riesgos si quiere seguir adelante, y si dice que si hace la cedula y jugate a ver si por ahi se les pasa y no te plantean la caducidad
 #1030239  por ired
 
Entiendo que es un caso donde te pueden plantear y obtener la caducidad. Explicaselo bien a tu cliente