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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1030904  por lds
 
Hola! les vengo a plantear el siguiente supuesto para ver como seguir con el intercambio epistolar.
Mi clienta fue despedida Verbalmente en noviembre, mandamos TL pidiendo que aclare situación laboral y que la registre debidamente bajo apercibimiento de considerarse despedida por su exclusiva culpa.
Ayer mi clienta envió otro TL considerándose injuriada y despedida por su exclusiva culpa, pero hoy llego una CARTA DOCUMENTO del empleador, negando todo y encima puso que ella RENUNCIO en Diciembre..
Mi duda es la siguiente: Si ya me anticipe mandando un telegrama considerándose despedida, puedo mandar otro mas negando la supuesta renuncia?? osea volver a mandar otro telegrama hoy...
Desde ya muchas gracias!
 #1030914  por BARBIE TURICA
 
Rechazá la cd y cada uno de sus términos y ratificá lo reclamado en tus misivas previas. Saludos!
 #1030974  por hexametro
 
lds escribió:Hola! les vengo a plantear el siguiente supuesto para ver como seguir con el intercambio epistolar.
Mi clienta fue despedida Verbalmente en noviembre, mandamos TL pidiendo que aclare situación laboral y que la registre debidamente bajo apercibimiento de considerarse despedida por su exclusiva culpa.
Ayer mi clienta envió otro TL considerándose injuriada y despedida por su exclusiva culpa, pero hoy llego una CARTA DOCUMENTO del empleador, negando todo y encima puso que ella RENUNCIO en Diciembre..
Mi duda es la siguiente: Si ya me anticipe mandando un telegrama considerándose despedida, puedo mandar otro mas negando la supuesta renuncia?? osea volver a mandar otro telegrama hoy...
Desde ya muchas gracias!
Si no renunció con los recaudos de la LCT (leer), simplemente rechazás y mantenés. Espero la carta documento no esté mandada dentro de los dos días hábiles de que recibió el primer telegrama, porque sino te apuraste a despedirla.
 #1031017  por lds
 
Gracias por las respuestas. La carta documento se envió a los 3 días de recibido el telegrama, yo previamente lo había intimado para que en el plazo de 48 aclare situación laboral y regularice aportes, obra social y diferencias salariales bajo pena de considerarme injuriado.
El punto esta en que me adelante mandando el segundo telegrama sin tener en cuenta la carta documento en la cual se afirmaba que ella habia renunciado:
Segundo Telegrama: "Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas en telegrama de fecha 08/04/14 me considero gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Intimo para que en el plazo de 48hs. Abone todos y cada uno de los siguientes rubros:"
Por ello mi pregunta es si mandar un tercer telegrama negando la renuncia y ratificando el pedido anterior.. O esperar a ver si me mandan otra carta documento.
Mi duda mas grande es que al no haber negado en el segundo telegrama que habiamos renunciado, ello se pueda usar en nuestra contra.. ya que como bien lo dije mas arriba, mandamos el segundo telegrama sin tener en consideración la carta documento que mando respondiendo al primer telegrama.
Muchas gracias nuevamente
 #1031038  por hexametro
 
[quote="lds"]Gracias por las respuestas. La carta documento se envió a los 3 días de recibido el telegrama, yo previamente lo había intimado para que en el plazo de 48 aclare situación laboral y regularice aportes, obra social y diferencias salariales bajo pena de considerarme injuriado.
El punto esta en que me adelante mandando el segundo telegrama sin tener en cuenta la carta documento en la cual se afirmaba que ella habia renunciado:
Segundo Telegrama: "Atento no haber dado cumplimiento con las intimaciones realizadas en telegrama de fecha 08/04/14 me considero gravemente injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Intimo para que en el plazo de 48hs. Abone todos y cada uno de los siguientes rubros:"
Por ello mi pregunta es si mandar un tercer telegrama negando la renuncia y ratificando el pedido anterior.. O esperar a ver si me mandan otra carta documento.
Mi duda mas grande es que al no haber negado en el segundo telegrama que habiamos renunciado, ello se pueda usar en nuestra contra.. ya que como bien lo dije mas arriba, mandamos el segundo telegrama sin tener en consideración la carta documento que mando respondiendo al primer telegrama.
Muchas gracias nuevamente[/quote

A ver: supongamos que el telegrama lo recibió el empleador un lunes, tiene hasta el miércoles inclusive para responder. Vos mandaste el segundo -en este ejemplo- el jueves? Que vos intimes por 48 horas es de ningún valor; podrías haber puesto 12 horas o 10 minutos. La LCT dice MÍNIMO dos días hábiles, y es lo que vale. Si te mandó la CD en tiempo -en el ejemplo: miércoles o antes-, por más que vos la hayas recibido 10 días después, vale. Si no lo respetaste, fuiste.

Superado lo anterior, mil veces te va a pasar que un intercambio se cruza, lo cual no es problema siempre y cuando al momento de mandar el telegrama, en este caso el segundo, aún no te había llegado la CD. ¿Cómo vas a negar algo en lo que no PODÍAS estar en conocimiento? Ergo, la contestás con independencia de lo anterior, o esperás unos días si te llega la respuesta al segundo, y la contestás las dos juntas. Dado que ya lo diste por despedido -bien o mal, depende del párrafo anterior- no tenés urgencia.

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Consejito: si ese es todo el texto del segundo telegrama, urgente un curso de laboral y/o compartir el caso con un laboralista. Le faltan mil cosas; y lo que decís está mal. Art. 243 LCT.
 #1031194  por lds
 
Hola, gracias por el aporte Exametro! el empleador respondió al tercer día hábil, por otro lado ese no es todo el telegrama completo, solo puse un fragmento para no volcar tanto contenido. ;)