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 #1005180  por msol22
 
Buenos dias. Colegas tengo mi primer caso y es un accidente de transito. Hasta ahora el responsable del choque no habia aparecido, pero ayer tuvimos la suerte de que se presentara y diera los datos del seguro.
Ante la compañía debo acreditar personería? Cuáles son los montos indemnizatorios que se manejan? Cómo logro que reconozcan mis honorarios?. Mi cliente todavía no me otorgó poder porque el padre, que es el accidentado, no puede moverse, y el escribano no puede ir hasta el domicilio-
 #1006612  por lmtorres
 
Hola! Te comento lo que suelo hacer en estos casos , que por ahi te sirve. En la compañia de seguros te presentas en siniestros y les decis que sos abogado que vas a llevar la documentacion por en reclamo. En esta instancia no necesitas poder, a mi nunca me lo pidieron. En mediacion es otra cosa. Tenes q armar una especie de carpeta con tus datos como abogado, el monto q reclamas y el numero de siniestro de les figura a ellos( para lo cual quien embistió a tu cliente tuvo que haber denunciado el choque y se registra bajo num de siniestro) y los dominios de tu cliente y del que lo chocó. Esto es una sugerencia, yo lo hago asi. Despues adjuntas fotocopias de cedula de verde o titulo de propiedad si hay mas de un titular, del dni de tu cliente, del registro, de la denuncia administrativa ante la aseguradora de tu cliente con sello de recepcion, certificado de cobertura y fotos de los daños y el presupuesto de los daños. Despues depende la compañia entre los 15 a 45 dias te llaman para ver que resolvieron si es que te hacen un ofrecimiento, si lo rechazan o quieren hacer una inspeccion al vehiculo.
Bueno, espero haberte ayudado un poco y suerte!
 #1025879  por msol22
 
Presenté todos los papeles, con presupuestos de dos talleres para el arreglo de la moto, y los gastos de internación, medicamentos, y traslado que mi cliente tuvo. En la Cia de seguro me dijeron que el conductor que lo chocó, al momento del accidente no tenía cobertura, porque había un conflicto entre la productora de seguros y el asegurado, por ende oRBIS no iba a pagar.
En mediación el conductor que chocó a mi cliente no apareció.
 #1027790  por Ciro77
 
Entonces vas a tener que iniciar la demanda....
Sabes si el seguro no estaba vigente en Orbis porque su asegurado no habia pagado? de ser asi, hay varios fallos que indican que la falta de pago del seguro no es oponible a la victima.
Cualquier cosa avisame que conozco gente en Orbis.
Slds.
 #1028594  por EJA
 
Para mí decir que la falta de pago del seguro no es oponible a la víctima es un despropósito. La jurisprudencia mayoritaria -por suerte- se inclina por rechazar demandas en estos casos. Pero es cierto, existe una postura minoritaria que condena igualmente al Asegurador, basada en la función social del seguro obligatorio y en la condición de más fuerte que reviste. Pensemos que el pago de la prima es la OBLIGACION PRINCIPAL que tiene el tomador. Estamos hablando de la obligación más importante, fundamental para que se configure el contrato de seguro.

Otra cosa es cuando el asegurado le paga al productor, éste hace la bicicleta financiera y termina pagando cuotas siempre vencidas. En ese caso me parece claro que no es oponible al asegurado y mucho menos a la víctima, ya que se trata de un agente institorio regulado por la propia ley.

Saludos.
 #1030942  por msol22
 
Ciro77 escribió:Entonces vas a tener que iniciar la demanda....
Sabes si el seguro no estaba vigente en Orbis porque su asegurado no habia pagado? de ser asi, hay varios fallos que indican que la falta de pago del seguro no es oponible a la victima.
Cualquier cosa avisame que conozco gente en Orbis.
Slds.
Tuve acceso al expediente, y está el recibo en donde figura el pago del seguro, es más, el accidente fue el día 18 de noviembre, y el recibo dice que el pago está vigente hasta el 22 de noviembre. Es imposible que me sigan diciendo que hay un problema entre asegurado y productor por el pago. Está el recibo, y lo presentó a la causa.
 #1030946  por msol22
 
EJA escribió:Para mí decir que la falta de pago del seguro no es oponible a la víctima es un despropósito. La jurisprudencia mayoritaria -por suerte- se inclina por rechazar demandas en estos casos. Pero es cierto, existe una postura minoritaria que condena igualmente al Asegurador, basada en la función social del seguro obligatorio y en la condición de más fuerte que reviste. Pensemos que el pago de la prima es la OBLIGACION PRINCIPAL que tiene el tomador. Estamos hablando de la obligación más importante, fundamental para que se configure el contrato de seguro.

Otra cosa es cuando el asegurado le paga al productor, éste hace la bicicleta financiera y termina pagando cuotas siempre vencidas. En ese caso me parece claro que no es oponible al asegurado y mucho menos a la víctima, ya que se trata de un agente institorio regulado por la propia ley.

Saludos.
En éste caso yo pensé que era la opción del productor de seguro que "bicicleteo" la plata, pero en el expediente figura el recibo de pago, acreditando que al momento del siniestro estaba cubierto. No hay ningún papel de los que presentó el que chocó a mi cliente, que diga que no tenía cbertura. Creo que es Orbis el problema
 #1095200  por fernanda8944
 
msol22 escribió:
EJA escribió:Para mí decir que la falta de pago del seguro no es oponible a la víctima es un despropósito. La jurisprudencia mayoritaria -por suerte- se inclina por rechazar demandas en estos casos. Pero es cierto, existe una postura minoritaria que condena igualmente al Asegurador, basada en la función social del seguro obligatorio y en la condición de más fuerte que reviste. Pensemos que el pago de la prima es la OBLIGACION PRINCIPAL que tiene el tomador. Estamos hablando de la obligación más importante, fundamental para que se configure el contrato de seguro.

Otra cosa es cuando el asegurado le paga al productor, éste hace la bicicleta financiera y termina pagando cuotas siempre vencidas. En ese caso me parece claro que no es oponible al asegurado y mucho menos a la víctima, ya que se trata de un agente institorio regulado por la propia ley.

Saludos.
En éste caso yo pensé que era la opción del productor de seguro que "bicicleteo" la plata, pero en el expediente figura el recibo de pago, acreditando que al momento del siniestro estaba cubierto. No hay ningún papel de los que presentó el que chocó a mi cliente, que diga que no tenía cbertura. Creo que es Orbis el problema

solucionaste el problema? yo tmb tengo un problema con ORBIS que alega que no son responsables xq no se hizo denuncia de siniestro y si se hizo.
 #1095273  por DRA. MACA
 
fernanda8944 escribió:
msol22 escribió:
EJA escribió:Para mí decir que la falta de pago del seguro no es oponible a la víctima es un despropósito. La jurisprudencia mayoritaria -por suerte- se inclina por rechazar demandas en estos casos. Pero es cierto, existe una postura minoritaria que condena igualmente al Asegurador, basada en la función social del seguro obligatorio y en la condición de más fuerte que reviste. Pensemos que el pago de la prima es la OBLIGACION PRINCIPAL que tiene el tomador. Estamos hablando de la obligación más importante, fundamental para que se configure el contrato de seguro.

Otra cosa es cuando el asegurado le paga al productor, éste hace la bicicleta financiera y termina pagando cuotas siempre vencidas. En ese caso me parece claro que no es oponible al asegurado y mucho menos a la víctima, ya que se trata de un agente institorio regulado por la propia ley.

Saludos.
En éste caso yo pensé que era la opción del productor de seguro que "bicicleteo" la plata, pero en el expediente figura el recibo de pago, acreditando que al momento del siniestro estaba cubierto. No hay ningún papel de los que presentó el que chocó a mi cliente, que diga que no tenía cbertura. Creo que es Orbis el problema

solucionaste el problema? yo tmb tengo un problema con ORBIS que alega que no son responsables xq no se hizo denuncia de siniestro y si se hizo.
Eso es verso y chicana de la compañia. No te enrrosques en lo quediga la compañia, tanto en capital como en provincia debes iniciar antes si o si la mediacion, y luego presentas una buena demanda con toda la prueba y en la contestacion que digan lo que quieran, pero hacelos que se muevan. Ni gastes el tiemo en lo que te digan o no, y menos si se no se presentan a la mediacion o se presentan diciendo que no van a pagar un peso, es lo mas normal.
 #1098237  por HERNAN3192
 
Es tal cual dijo la Dra. yo en lo personal con esa Cia. no doy mayores vueltas, xq se que ofrecen poco o directamente nada.