martha1966 escribió:muy buenas tardes estimados foristas ,mi surgió una duda debo hacer un reconocimiento para otra caj y tiene mucha deuda en autónomos no hacen falta para llegar a los 30 años de servicios los puedo renunciar o en reconocimiento no puede usar la ley 25321 ? las otras cajas aceptan que pueda renunciar a aportes autónomos ?
lo que planteas no esta en ninguna normativa de anses, solo he leido un dictamen de la gaj que lo acepta siempre y cuando presentes una constancia de la otra caja donde puedas justificar que con los aportes de ambas cajas o de una de ellas reunis los años de servicios con aportes para poder acceder al beneficio en la caja otorgante, la norma que habla sobre como usar la 25321 es la prev 11-27 pero como te dije ahi no trata tu caso, solo lo vi en un dictamen de la gaj.
En la practica puede pasar cualquier cosa porque en computos de las udais no leen dictamenes de la gaj con lo cual dependera del criterio del que te tenga que resolver, si tenes acceso a consultarlo en computos de la delegacion donde lo vas a presentar, yo preguntaria el criterio para ya ir preparada