Hola foristas mi consulta es la siguiente viene al estudio una clienta que trabajaba en un centro de depilación en la la ciudad de mar del plata la relacion de trabajo estaba muy deteriorada y queria irse, estaba parcialmente registrada ya que cobraba parte del sueldo en negro intime la correcta registracion y solicite plazo 48 hr abone horas extras adicionales de convenio y diferencia de comisiones y demás hasta ahi bien, el tema es que intime por cct 567/06 basandome en las comisiones ya que establece 27% de comision y a ella le abonaban 25% la idea era buscar el despido indirecto por esta via mas el no pago de adicionales de convenio y no depositar la totalidad de sueldo en tiempo. Pasados 10 dias de la notificacion envio despido indirecto por silencio y ausencia de cumplimiento, dos dias después contestan negando todo y desconociendo cct y argumentando que el aplicable es el 520/07 este lo habia descartado por que excluia la pcia. De bs as pero investigando el gremio de peluqueros y afines de mar del plata aplican este cct, este convenio establece 25% de comision.
Estoy preparando la contestacion rechazando la Cd y ratificando los anteriores tlc, mi duda es ratifico el ccct inicial (y en dda subsidiariamente hago alusion al otro convenio mas liquidación) o rectifico convenio aduciendo error material y aduciendo despido indirecto por los adicionales y demas ya que comisiones no entraria.
Que me aconsejan, este último seria el aplicable x la empresa tengo miedo que de mantener el primer convenio me perjudique en la demanda x el despido indirecto.
Agradecería mucho sus opiniones.
Estoy preparando la contestacion rechazando la Cd y ratificando los anteriores tlc, mi duda es ratifico el ccct inicial (y en dda subsidiariamente hago alusion al otro convenio mas liquidación) o rectifico convenio aduciendo error material y aduciendo despido indirecto por los adicionales y demas ya que comisiones no entraria.
Que me aconsejan, este último seria el aplicable x la empresa tengo miedo que de mantener el primer convenio me perjudique en la demanda x el despido indirecto.
Agradecería mucho sus opiniones.