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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1031411  por adrianne
 
Hola cómo estan? Acudo a uds por lo siguiente. Tengo un tema con una empleada q falleció hay q pagarle la indemnización. Ella vivia en concubinato y tiene un nene de 2 años . No tiene certificado de convivencia. Los padres de la chica viven. Quien cobra la indemnización el concubino por tener el hijo menor? y la otra consulta si se le paga directamente o como se instrumenta . Gracias por la colaboración de siempre! Adri *flor*
 #1031558  por profesional
 
La mayoría pide declaratoria de herederos para saber quien posee derechos sobre ese crédito. Si llega a ser el menor, debe tener nombrado un tutor legal que se haga cargo de eso, lo adminsitre y sea controlado por el asesor de menores.
Para el pago, la mayoría lo hace por medio de cheque o deposito bancario.
Tuve un caso parecido donde había que cobrar seguros y liquidación laboral por muerte y el unico heredero era su hijo menor. Esperamos a la declaratoria y lo cobro la madre en su representación
Si no es mucha plata podés hacerlo en efectivo pero armá un convenio de pago y dejás sentado el tema de la muerte, la declaratoria, quien cobra, etc. etc
 #1031614  por ccolalongo
 
Por las dudas hacelo en el Ministerio de Trabajo, tuve un caso parecido y como había un concubinato me hicieron publicar edictos en un diario y cité al gremio también.