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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1031984  por Justiniana1
 
Hola
Queria saber si alguien me podia ayudar. No tengo mucha experiencia en juicios de alimentos.
Tengo una clienta que inició una causa al padre de su hija en el año 2000. En su momento habian regulado un monto provisorio en audiencia que el alimentante debía pasar a la menor, pero realizó el pago de la cuota solo 2 meses y luego nunca mas.
No hay sentencia, solo esta audiencia donde se fija una cuota provisoria que no se paga desde el 2001.
La menor ya tiene 17 años, y ahora la madre quiere reclamar los alimentos atrasados y fijar nueva cuota.
Mi duda es: Puede reclamar los alimentos atrasados? de ser así, debería basarme para una liquidación en que monto? Porque el provisorio era de 100 pesos de su momento (la cuota reclamada era de 600) y claramente al 2014 esa cifra es irrisoria.
Puedo reclamar solo 5 años para atrás y deberia hacer una liquidación en base a los gastos de los últimos 5 años?. Deberia pedir una neuva audiencia o una sentencia presentando una nueva liquidacion?

GRACIAS POR LA AYUDA!
 #1032271  por joseluis1107
 
Vamos por parte: 1) El impago de los alimentos provisorios lo podés reclamar, como bien mencionás, solo 5 años a la fecha que lo presentes y es por el monto que se fijo, calculando los intereses que devengaron de cada mes hasta la presentación de tu reclamo, pidiendo se consideren los intereses que devengue la tramitación del mismo, el problema que tenés que resolver primero es cómo reclamás? si por incidente o dentro del mismo expediente, el cual descuento que sacaste de paralizado o archivo y ya viste. Yo iría al Juzgado y preguntaría como realizar la ejecución de los provisorios. Los criterios no están unificados.
Vos decís que la madre quiere fijar una "nueva cuota" pero a la vez decís que no hay cuota????? Me parece que te tenés que presentar en el expediente (si ya no lo estás) e impulsar el procedimiento, de esta forma, vas a poder solicitar el retroactivo del monto definitivo de la cuota por los últimos 5 años (no creo que te concedan desde la fecha de inicio del expediente o mediación, porque se va a oponer la parte contrario argumentando prescripción).
 #1033092  por julisimon
 
Hola! Tengo una consulta porq tengo un cso complicado y ni sr para donde agarrar. M cliente y la mama del nene (nunca estuvieron casados ni convivieron) tienen un acuerdo homologado en el año 2009. Para ese entonces habian fijado una cuota del 30% a firma de recibo.
El problema de mi cliente es que por problemas con la madre del nene nunca le daba el dineo a ella porque no tenia contacto ya que ella lo agredio fisicamente varias veces y opto x manejarse con otra gente. La cuota alimentaria la recibia la madre de ella (es decir la abuela del menor) que convive con el nene y es la q.mantiene el hogar porq nadie trabaja (Ademas muchas veces mi cliente le daba la plata a la.madre del nene y desp tenia q salir a comprarle ropa y comida porq ella no la usaba para el nene)
Mi cliente nunca dejo de pasar la cuota, solo q no tiene los recibos firmados por ella. Me viene a ver con este problema (y a raiz de una denuncia penal que le hizo la madre del nene por violencia) y necesito activar el tema de los alimentos para resguardarlo.
 #1033957  por joseluis1107
 
Juli, el que paga mal, paga 2 veces!!! En todo caso, si es que puede demostrarlo, tendrá un crédito contra la abuela del menor, en virtud de un enriquecimiento sin causa, pero si te reclaman alimentos adeudados, de la única forma posible de demostrar es con recibo