Hola... el tema es asi. En la familia tenemos un empleado que tiene ya 58 años de edad y con más de 25 años de aportes (fehaciente porque fue empleado de mi abuelo y continuó en la empresa familiar).
Ahora bien, como abogada de la familia, inicio los trámites para obtener la jubilación especial 57 años/25 aportes.
vienen hacer la verificación ambiental, sale acordada, pero es requisito para obtener la jub presentar el cese, o sea, la renuncia.
y aquí radica mi duda, puesto que yo no lo intimé en su momento según el art. 252 LCT, pero la misma también dice que el empleador "podrá" intimar a que inicie el trámite.
en caso de omisión de intimación, corresponde abonar alguna indemnización? porque también dice la norma que es facultativo del trabajador comenzar los trámites.
le hice mandar el telegrama de renuncia a partir de mañana. mientras tanto, es decir, que cobre el haber se le debería pagar el sueldo?.
igualmente, en la familia decidimos pagarle hasta tanto cobre, pero sin recibo de sueldo como hasta ahora.
no se si me hice entender. desde ya muchas gracias.
Ahora bien, como abogada de la familia, inicio los trámites para obtener la jubilación especial 57 años/25 aportes.
vienen hacer la verificación ambiental, sale acordada, pero es requisito para obtener la jub presentar el cese, o sea, la renuncia.
y aquí radica mi duda, puesto que yo no lo intimé en su momento según el art. 252 LCT, pero la misma también dice que el empleador "podrá" intimar a que inicie el trámite.
en caso de omisión de intimación, corresponde abonar alguna indemnización? porque también dice la norma que es facultativo del trabajador comenzar los trámites.
le hice mandar el telegrama de renuncia a partir de mañana. mientras tanto, es decir, que cobre el haber se le debería pagar el sueldo?.
igualmente, en la familia decidimos pagarle hasta tanto cobre, pero sin recibo de sueldo como hasta ahora.
no se si me hice entender. desde ya muchas gracias.