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  • Renta vitalicia previsional - Oversafe

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1032229  por draines
 
Hola a todos, queria consultarles el sgte. tema: es el caso de una sra. pensionada, comienza a cobrar en el año 1999 en principio por la modalidad de retiro programado y luego pasa a renta vitalicia previsional con la compañia Oversaife que el año pasado entro en liquidación. Luego de varios meses sin cobrar anses asumió el pago de los beneficios.
El esposo de la Sra. ( el causante) era nacido en el año 1952 y fallecido en actividad en 1997. La Afjp al emitir la resolución donde otorga la prestación dice que reviste la calidad de aportante regular y que ha recibido el ingreso base de anses el cual acepta y que conforme el dto. 55/94 la Anses deberá integrar un capital y que una vez recibido los proporcionales se procederá a la liquidacion y pago.
Comienza a cobrar la renta vitalicia- el contrato era en dólares- luego le pesifican el beneficio, ella no presentó ningún reclamo y siguió cobrando hasta la liquidación de Ovesaife en junio 2013. Alli pasa varios meses sin cobrar hasta que anses asume el pago de estos beneficios y dicta la Circular DP 83/13 donde establece que para las rentas vitalicias pactadas en dolares abonara en su equivalente en pesos y ajustará segun Decreto 214/02 y las Resoluciones SSN Nº 28.592 y 28.924. A tal efecto la ANSES, aplicará la variación
del CER del día 15 de cada mes, publicado por el Banco Central de la República Argentina.
Luego de que anses asume el pago comienza a cobrar un mejor haber que el que percibia de Oversaife, el tema es que cobra más de anses pero igualmente no llega al haber mínimo, y la ley 24.241 establece en el art.125 esta garantia para beneficiarios del regimen de capitalizacion que perciben componente público.
Como ven el tema a los fines un reclamo administrativo y posterior juicio. Gracias. Un saludo.
 #1032255  por Mariel-70
 
Hola, creo que lo que más te conviene es iniciar un amparo para que se haga efectiva la garantía del haber mínimo. Para agotar la vía administrativa lo más simple y rápido, a mi criterio, es enviar carta documento.
Saludos