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  • JUZAGDO DE TERRORRR , AYUDA

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 #1032089  por solosol
 
TENGO GRAVES PROBLEMAS CON UN jUZGADO DE LOMAS.ahora no me reciben el escrito de apelación por que dice que en el encabezamiento debe estar mi nombre como letrada y eso que ya estoy presentada en autos y en audiencias y firmado y sellado y con el nombre de los autos correctamente puestos y en computadora. Mi clienta no esta en bs as asi que no me puede firmar otro.
Como luchar contra este juzgado??? es prov, Lomas
cOMO PUEDO HACER QUE ME LO RECIBAN, DONDE PUEDO DENUNCIAR ESTO?
 #1032093  por abogado_1987
 
solosol escribió:TENGO GRAVES PROBLEMAS CON UN jUZGADO DE LOMAS.ahora no me reciben el escrito de apelación por que dice que en el encabezamiento debe estar mi nombre como letrada y eso que ya estoy presentada en autos y en audiencias y firmado y sellado y con el nombre de los autos correctamente puestos y en computadora. Mi clienta no esta en bs as asi que no me puede firmar otro.
Como luchar contra este juzgado??? es prov, Lomas
cOMO PUEDO HACER QUE ME LO RECIBAN, DONDE PUEDO DENUNCIAR ESTO?
si sos letrada patrocinante
tené presente el

ARTÍCULO 48°: Gestor. En casos urgentes podrá admitirse la comparecencia en juicio sin los instrumentos que acrediten la personalidad, pero sin fueren presentados o no se ratificase la gestión dentro del plazo de 60 días, será nulo todo lo actuado por el gestor y éste pagará las costas causadas, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños ocasionados.
CPCCBA
 #1032095  por solosol
 
SI, SOY PATROCINANTE Y FIRME EL ESCRITO PERO NO HAY CASO DICE QUE DEBO CUMPLIR CON NO SE QUE ACORDADA.
 #1032096  por abogado_1987
 
solosol escribió:SI, SOY PATROCINANTE Y FIRME EL ESCRITO PERO NO HAY CASO DICE QUE DEBO CUMPLIR CON NO SE QUE ACORDADA.
interpreto que lo podés presentar de acuerdo lo normado en el
ARTÍCULO 48°: Gestor. En casos urgentes podrá admitirse la comparecencia en juicio sin los instrumentos que acrediten la personalidad, pero sin fueren presentados o no se ratificase la gestión dentro del plazo de 60 días, será nulo todo lo actuado por el gestor y éste pagará las costas causadas, sin perjuicio de la responsabilidad por los daños ocasionados.
CPCCBA
 #1032526  por MiguelAngelPintos
 
Te doy otra posibilidad de resolverlo.
Podrías agregar al final del todo el escrito, el parráfo CON EL TITULO "OTRO SI DIGO": a continuación agregás el párrafo con la presentación como letrada patrocinante y manifestas la salvedad de la presentacíon inicial.

Me gustaría saber de que Juzg. se trata.
Suerte.