Les comento que ANSES en la contestación de la demanda en los juicios de reajustes esta planteando excepción de cosa juzgada, incompetencia y defecto legal.
En la excepción de cosa juzgada esta planteando que no corresponde reclamar el reajuste del haber inicial atento que se hayan vencido los plazos del art. 25 de la LPA para impugnar el acto administrativo que quedó firme.
En la excepción de incompetencia ANSES está presentando constancias del ADP del actor y en base a ello esta planteando la incompetencia en razón de que el accionamte no tiene el domicilio real en la jurisdicción del Juzgado Federal.
Y con respecto a la excepción de defecto legal sostiene que la demanda ha sido redactada en terminos ambiguos y confusos que afecta si derecho de legitima defensa y etc.
En la excepción de cosa juzgada esta planteando que no corresponde reclamar el reajuste del haber inicial atento que se hayan vencido los plazos del art. 25 de la LPA para impugnar el acto administrativo que quedó firme.
En la excepción de incompetencia ANSES está presentando constancias del ADP del actor y en base a ello esta planteando la incompetencia en razón de que el accionamte no tiene el domicilio real en la jurisdicción del Juzgado Federal.
Y con respecto a la excepción de defecto legal sostiene que la demanda ha sido redactada en terminos ambiguos y confusos que afecta si derecho de legitima defensa y etc.