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  • DESPIDO VERBAL Y POSTERIOR ACCIDENTE DE TRABAJO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1033029  por marcosvainberg
 
Hola Colegas, voy por la patronal en un caso, es mas o menos así, se despide verbalmente al presentarse a trabajar la persona, anteriormente se le había mandado TLC de despido el día viernes, por lo que hasta el lunes no llegaba. Esta persona se retira del establecimiento con el fin de realizar la denuncia para no cometer abandono de trabajo y en el trayecto tiene un accidente con la moto, luego realiza la denuncia policial. Y actualmente quiere reclamar contra la empresa por el accidente de trabajo ocurrido. Que hacer? Contesto diciendo que el vinculo laboral ya se encontraba extinguido? Si en la denuncia policial ratifico el despido verbal me sirve de plena prueba que el vinculo ya se encontraba extinguido. Agradezco todas las sugerencias!!!
 #1033058  por adessoma
 
Que tu cliente se quede tranquilo: en los casos de accidentes in itinere, no se puede demandar al empleador ya que solo podrá reclamar la reparación de la ley especial, en cuyo caso solo percibirá las prestaciones de la LRT.
Saludos.
 #1033651  por marcosvainberg
 
Gracias a todos, tengo en claro que nuestra parte no debe responder, pero la otra parte nos demanda a ambos art y a mi cliente, quizas por el hecho de que la art se hizo cargo de prestaciones medicas y farmacológicas, pero no de las prestaciones dinerarias. Se me ocurre pensar que han rechazado el pedido por no encuadrar en el itinere, en el hipotetico caso que el trabajador haya declarado en sede policial que ya se encontraba despedido.
 #1033691  por andresxeneizes
 
calculo que demando a ambos por entender que son responsables solidarios.
si el tipo dijo en sede policial que estaba despedido esta al horno el actor.
quizas la art no pago, no porque desconozca su responsabilidad, sino porque no quiere pagar por no convenirle, con una tasa de interes del 2% mensual y una inflacion de entre un 50 y 100% mas que eso hacen que como ha pasado hace varios años atras, al demandado le convenga mas resistir el juicio y pagar al final que arreglarlo
 #1033711  por adessoma
 
Acertado el comentario de Andresxeneixes que, intuyo, compartirá la misma pasión boquense que yo.
Marcos: Antes que nada una pregunta: ¿El actor medió el accidente de trabajo por acción civil o por ley especial?