buen dia colegas estoy en un brete, he firmado convenio conciliatorio en el cual dice que se me hara entrega del certificado laboral dentro de los 30 días corridos después de la homologación del mismo acuerdo, ya han pasado mas de 30 días y ni siquiera se homologo, pregunta:
puedo dejar de ladola clausula del acuerdo conciliatorio y hacer valer el art 80 de la lct por el vencimiento de los 30 días???
sabemos que los derechos laborales son irrenunciables, es posible que un acuerdo de partes contradiga al art 80?
puedo dejar de ladola clausula del acuerdo conciliatorio y hacer valer el art 80 de la lct por el vencimiento de los 30 días???
sabemos que los derechos laborales son irrenunciables, es posible que un acuerdo de partes contradiga al art 80?