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 #1033214  por luciano4444
 
inviguiatti escribió:Tecnicamente la CD que se envia para intimar al pago de alquileres,,expensas, impuestos y demas montos adeudados relativos a la locacion, es una ultima oportunidad que se le da al locatario para redimirse y pagar lo que debe, no es un requisito necesario para iniciar el desalojo, PEROOOO cuando inicies la demanda la notificacion de la misma hara las veces de la Cd, osea que los 10 dias para pagar se van a contar desde que reciba la notificacio. PERO obviamente lo mejor es mandar la CD

solo para aclarar

espero sirva
No es asi, la CD es obligatoria en los desalojos.
 #1073570  por PabloMario
 
Consulta, Mi cliente celebro un contrato de locacion comercial, por el termino de 3 años, el locatario no ha pagado la mayoria de los meses que transcurrieron, el contrato todavia le queda mas de un año de vigencia y lo que el quiere no es tanto los alquileres adeudados sino recuperar el local, en este caso es necesario intimar al pago como establece la ley 23091 siendo este un contarto comercial?? o directamente intimo por desalojo?
Aclaro que esto es en prov de Bs As..
 #1091087  por fmussano
 
hola soy nueva en esto y necesitaria ayuda...... tengo un cliente a la cual hace 5 meses no le pagan los alquileres y voy a mandar la carta documento... la pregunta es yo soy su abogada patrocinante la tengo q mandar yo la cd o es necesario que la mande el locador??... muchas gracias
 #1091090  por DRA. MACA
 
fmussano escribió:hola soy nueva en esto y necesitaria ayuda...... tengo un cliente a la cual hace 5 meses no le pagan los alquileres y voy a mandar la carta documento... la pregunta es yo soy su abogada patrocinante la tengo q mandar yo la cd o es necesario que la mande el locador??... muchas gracias
Se la redactás vos y la envia el locador.
 #1091526  por inviguiatti
 
luciano4444 escribió:
inviguiatti escribió:Tecnicamente la CD que se envia para intimar al pago de alquileres,,expensas, impuestos y demas montos adeudados relativos a la locacion, es una ultima oportunidad que se le da al locatario para redimirse y pagar lo que debe, no es un requisito necesario para iniciar el desalojo, PEROOOO cuando inicies la demanda la notificacion de la misma hara las veces de la Cd, osea que los 10 dias para pagar se van a contar desde que reciba la notificacio. PERO obviamente lo mejor es mandar la CD

solo para aclarar

espero sirva
No es asi, la CD es obligatoria en los desalojos.
Lo mejor es mandar la CD, pero no es Obligatoria para iniciar el desalojo como requisito necesario de la demanda, saludos
 #1137051  por patagonico1
 
QUISIERA PODER SER ASESORADO: TENGO UN JUICIO DE DESALOJO DE UN ALQUILER COMERCIAL A PUNTO DE DARME EL OK PARA ENTRAR A MI GALPÓN, YA EL INQUILINO SE FUE HACE DOS MESES, DEJÁNDOME UNA DEUDA GIGANTE.
LA PREGUNTA ES: CON DATOS DE LOS TRES EX SOCIOS (LA AFIP LE DIÓ DE BAJA A LA SOCIEDAD EN EL 2014), SE PODRÁ SABER SI TIENEN ALGÚN BIEN PARA EMBARGAR Y ASÍ PODER INICIARLES UN JUICIO?
DONDE ME PUEDO DIRIGIR PARA SABER ESO ANTES DE INICIARLO?
mUCHAS GRACIAS Y ESPERO ALGÚN COMENTARIO.