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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1034748  por MJG
 
Hola Colegas, me vino a ver un cliente por un accidente de trabajo que sufrió en julio de 2012 antes de la sanción de la ley 26773, la denuncia fue rechazada por art y la super se la acepto en agosto del 2013, hace dos meses obtuvo el dictamen de la comisión medica que le otorgaba un 4.5 % de incapacidad, ( obviamente que la incapacidad es mayor, sigue sin poder realizar sus tareas diarias ) el problema esta en que dejo pasar el plazo de diez días para apelar el dictamen, se puede hacer algo? iniciar seclo y seguir en el fuero laboral?
 #1034934  por marinero2020
 
Entiendo que si, pues el accidente ocurrio con anterior a la modificacion de la ley 24.557 y el alta fue con posterioridad a la sancion de la ley 26.773.
Podes iniciar el Seclo y la posterior demanda sin concurrir a la CM, hay fallos de la Corte, Venialgo, Marchetti, Abbondio, etc. solicitas la inconstitucionalidad de vs arts de la ley 24.557 y del art. 17 de la ley 26.773 inc 5 y 6.
Si reclamas por la accion civil, subsidiariamente (por si las pulgas) reclamas la accion especial y la aplicacion del ripte mas el 20%,
slds
 #1034935  por MJG
 
Gracias por la respuesta! Saludos
 #1038848  por sabrirodriguez83
 
hola disculpen !! a mi cliente le acaba d llegar un cd de la art en la q ratifica el cese de la situacion d incapacidad laboral temporaria, y ponen al final en caso de discrepancia que concurra a la comision tecnica en moreno 401

la pregunta es puedo obviar la comision tecnica y pedir directamenet seclo??
 #1038985  por marinero2020
 
Estimado entiendo que lo aconsejable es que el trabajador cobre la suma que ofrece la ART (podes acompañarlo/a sin firmar nada, ver que no haya otro abogado puesto por la ART) y luego que se dirijaa un medico legista para ver el grado de incapacidad que posee y en base a eso ver de reclamar la diferencia de las prestaciones dinerarias.

Slds