Estimados estoy con una duda.- No hago penal, pero estoy en una causa de lesiones culposas x un accidente de tránsido (las lesiones son una herida en cuero cabelludo con 2 puntos)
quisiera pedir sobreseimiento del 323 inc 6: el sobreseimiento procede habiendo vencido los términos del a ipp y sus prórrogas....
el 282 dice que la ipp deberá practicarse en el plazo de 4 meses a contar de la detención o declaración del imputado del 308...
mi cliente (el imputado) jamás fue citado a declarar, sólo en la comisaría al momento del accidente lo notificaron del art. 60 cpp. y esa fue la única intervención en la ipp.-
¿quiere decir que no me corre ese plazo de 4 meses aún? o puedo contar desde otro hecho dado que omitieron citarlo a declarar?
disculpen lo básico de mi consulta pero me dedico a civil y necesito finiquitar esta causa para obtener la tenencia definitiva del rodado que no me quieren dar.-
agradezco la ayuda
cariños y buen finde!
gery
quisiera pedir sobreseimiento del 323 inc 6: el sobreseimiento procede habiendo vencido los términos del a ipp y sus prórrogas....
el 282 dice que la ipp deberá practicarse en el plazo de 4 meses a contar de la detención o declaración del imputado del 308...
mi cliente (el imputado) jamás fue citado a declarar, sólo en la comisaría al momento del accidente lo notificaron del art. 60 cpp. y esa fue la única intervención en la ipp.-
¿quiere decir que no me corre ese plazo de 4 meses aún? o puedo contar desde otro hecho dado que omitieron citarlo a declarar?
disculpen lo básico de mi consulta pero me dedico a civil y necesito finiquitar esta causa para obtener la tenencia definitiva del rodado que no me quieren dar.-
agradezco la ayuda
cariños y buen finde!
gery
Gery