Hola, me llego un caso al estudio,en provincia de bs as, en el que mi cliente, firmo dos pagare, los cuales le están ejecutando correctamente, desde el año 2010. lo único tramitado hasta ahora es el mandamiento de intimacion de pago (notificado a mi cliente). Mi cliente nunca se presentó al proceso; el tema es el siguiente, si me presento a estar a derecho hoy, que podria hacer además de pedir la caducidad? se puede pedir la prescripción del proceso ejecutivo por inacción del actor? (ya que hasta el día de hoy, acccionaron por ultima vez con el mandamiento en el año 2010).
Ademas dice haber firmado un contrato en una escribanía, con fecha estimada en el año 2010, en el que da en pago su casa por la deuda contraida bajo el numero de expediente del juicio ejecutivo (contrato de dación en pago), del cual no tiene copia (lo timaron, porque la deuda es chica como para dar en pago una casa); habrian hecho esta transacción que mi cliente si firmó, pero con algunas particularidades pasibles de producir la nulidad.
DESDE YA AGRADECERÍA MUCHO ALGÚN CONSEJO Y/O ORIENTACIÓN!!!!!
Ademas dice haber firmado un contrato en una escribanía, con fecha estimada en el año 2010, en el que da en pago su casa por la deuda contraida bajo el numero de expediente del juicio ejecutivo (contrato de dación en pago), del cual no tiene copia (lo timaron, porque la deuda es chica como para dar en pago una casa); habrian hecho esta transacción que mi cliente si firmó, pero con algunas particularidades pasibles de producir la nulidad.
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