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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1035715  por Dudic
 
Eatimados colegas: soy nueva en la profesión y se me presentó el caso de una conocida sin recursos, a la que voy a ayudar. El tema es que aún no he hecho nada en fila.
La situación es la siguiente: mi cliente hizo la denuncia en la OVD y se radicó la causa en el juzgado civi 88 de Capital, el 18 de febrero de 2014. A mi cliente la asistió el patrocinio gratuito. En el auto la jueza ordenó una prohibición de acercamiento al marido por 4 meses, se le dio la tenencia x 180 días a la madre del niño (tiene 2 años) y fijó alimentos provisorios al padre por $1.500 por el plazo de 180 días.
El tema x el que me consulta es que desde que se fijó la medida el padre nunca depositó esa suma y sólo depositó $ 1.000 aduciendo que tiene que cubrir gastos de tarjeta de crédito que tenían en común.
Pienso presentar un juicio de alimentos pero tengo algunas dudas.
1) al momento de sortearlo pido conexidad con la causa de violencia?
2) Puedo presentarle un BLSG?
3) qué pasa con la mediación obligatoria; deberá cumplimentarse o la circunstancia que ya le hayan fijado alimentos provisorios en la de violencia, me exime de la mediación?
4) si tuviese que ir a mediación, como juega el hecho de que tiene una prohibición de acercamiento?
5) en la demanda de alimentos hago mención del incumplimiento a los alimentos provisorios fijados en la causa de violencia?
6) es posible ejecutar la porción de los alimentos incumplidos? el marido tiene trabajo, una parte en blanco y otra en negro, solicito embargo de sueldo??
Les agradeceré muchísimo si me pueden dar una mano.
 #1035745  por Floresta
 
Dudic escribió:Eatimados colegas: soy nueva en la profesión y se me presentó el caso de una conocida sin recursos, a la que voy a ayudar. El tema es que aún no he hecho nada en fila.
La situación es la siguiente: mi cliente hizo la denuncia en la OVD y se radicó la causa en el juzgado civi 88 de Capital, el 18 de febrero de 2014. A mi cliente la asistió el patrocinio gratuito. En el auto la jueza ordenó una prohibición de acercamiento al marido por 4 meses, se le dio la tenencia x 180 días a la madre del niño (tiene 2 años) y fijó alimentos provisorios al padre por $1.500 por el plazo de 180 días.
El tema x el que me consulta es que desde que se fijó la medida el padre nunca depositó esa suma y sólo depositó $ 1.000 aduciendo que tiene que cubrir gastos de tarjeta de crédito que tenían en común.
Pienso presentar un juicio de alimentos pero tengo algunas dudas.
Hola, te ordeno un poquito como sugerencia la tarea a realizar:

a) Hay una cuota provisoria que se está devengando y debe ejecutarse, lo podes comenzar paralelamente mientras inicias el pedido de alimentos definitivos porque acordate que debes pedir mediación previa para ello.

b) El padre está notificado de la cuota provisoria, verdad? Obra acreditación en expediente? Lo notificaron por medio de la comisaría de la zona? Presentate en el expediente de violencia si no te consta porque la ejecución va conexa con ese expediente.

1) al momento de sortearlo pido conexidad con la causa de violencia?
Fracasada la mediación, presentas demanda con acta cerrada y cuando sorteas sale en forma automática la conexidad.

2) Puedo presentarle un BLSG? No hace falta para el pedido de alimentos.

3) qué pasa con la mediación obligatoria; deberá cumplimentarse o la circunstancia que ya le hayan fijado alimentos provisorios en la de violencia, me exime de la mediación? Debe cumplimentarse, son actuaciones distintas, los provisorios no se convirtieron en definitivos.

4) si tuviese que ir a mediación, como juega el hecho de que tiene una prohibición de acercamiento? Cuando tengas fecha de mediación debés acreditarla en el expediente de violencia para que se levante la cautelar ese día al solo efecto de celebrar la audiencia, manejá los tiempos para que te dicten el auto, se libre el oficio y que el demandado esté notificado con la antelación suficiente. Si no, sería imposible que se presente.

5) en la demanda de alimentos hago mención del incumplimiento a los alimentos provisorios fijados en la causa de violencia?
Sí, pero la liquidación y la ejecución te conviene tenerla hecha al menos por vía incidental.

6) es posible ejecutar la porción de los alimentos incumplidos? el marido tiene trabajo, una parte en blanco y otra en negro, solicito embargo de sueldo?? Sí, pero en el incidente de ejecución, embargo y retención directa de las cuotas que se devenguen.
 #1035841  por Dudic
 
Floresta te estoy super agradecida!
Voy a encarar como me sugerís y cualquier inquietud vuelvo a consultarte.
Un millón de gracias! *flor*