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  • desalojo no puedo notificar

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 #1035805  por zaza
 
hola a todos inicie un desalojo en provincia y resulta que cdo. doy traslado, el oficial de justicia no lo puede notificar al demandado .
en el resultado del diligenciamiento el oficial de justicia puso que el pregunto si tal persona vive ahí , y respondieron que no conocían a esa persona.

Que debo solicitar un mandamiento de constatación ? es mi primera vez que debo solicitar en el escrito. gracias
 #1035894  por Santina87
 
Si presentás un escrito, manifestando que el demandado oportunamente ha tomado conocimiento de la presente demanda de desalojo...entablada en su contra, por consiguiente solicito a V.S. la habilitación de días y horas inhábiles ... y se proceda conforme lo establecido en el Art. 141 CPCC (es provincia Bs.As.?) fijando la cédula en la puerta, bajo responsabilidad de parte.
 #1035897  por Santina87
 
Santina87 escribió:Si presentás un escrito, manifestando que el demandado oportunamente ha tomado conocimiento de la presente demanda de desalojo...entablada en su contra, por consiguiente solicito a V.S. la habilitación de días y horas inhábiles ... y se proceda conforme lo establecido en el Art. 141 CPCC (es provincia Bs.As.?) fijando la cédula en la puerta, bajo responsabilidad de parte.
Es decir, recién estás notificando la demanda? disculpas , entendí mal..
Tengo un caso parecido, los demandados se notificaron de la mediación prejudicial obligat. y no concurrieron a la audiencia.
Ahora pretendo notificar demanda y en la entrada del edificio dicen que no vive allí... (entiendo que se hacen negar)..
pensaba pedir bajo responsabilidad de parte..
 #1035903  por zaza
 
si estoy tratando de notificar la demanda pero lo que me aconsejo un abogado con experiencia es que pida un mandamiento de constatación al efecto de enderezar la demanda , porque si hay mas personas ahí viviendo la orden de desalojo saldría contra todos .
Este abogado me contó que el oficial de justicia cuando va a constatar domicilio y no puede hacer su trabjo con apoyo policial, se presenta con ella y hace identificar a todos y pregunta en calidad de que ocupa el inmueble o sea hace preguntas claves al efecto de poder enderezar la demanda en el caso que sea necesario. Incluso me comentó que en algun punto del proceso antes de dictar sentencia iba a tener ese problema si hay otras personas dentro del inmueble.

Alquien sabe como se debe pedir ?
 #1035929  por reyleon
 
zaza escribió: porque si hay mas personas ahí viviendo la orden de desalojo saldría contra todos
Oportunamente, en la demanda de desalojo debería haber pedido el mandamiento de constatación, para evitar la pérdida de tiempo en que está incurriendo ahora, ya que es típico que si uno inicia el desalojo contra Julián Alvarez, cuando lo van a desalojar resulta que está metido viviendo Raúl Ortiz (quien exhibe un contrato de locación a su nombre con fecha de hace una semana atrás), por lo cuanto la orden de desalojo no es eficaz.

habiendo pedido en la demanda de desalojo el mandamiento de constatación, la orden de desalojo sale innominada, es decir, ordena desalojar a todo el que esté metido y listo.

Saludos... G.
 #1035931  por zaza
 
reyleon escribió:
zaza escribió: porque si hay mas personas ahí viviendo la orden de desalojo saldría contra todos
Oportunamente, en la demanda de desalojo debería haber pedido el mandamiento de constatación, para evitar la pérdida de tiempo en que está incurriendo ahora, ya que es típico que si uno inicia el desalojo contra Julián Alvarez, cuando lo van a desalojar resulta que está metido viviendo Raúl Ortiz (quien exhibe un contrato de locación a su nombre con fecha de hace una semana atrás), por lo cuanto la orden de desalojo no es eficaz.

habiendo pedido en la demanda de desalojo el mandamiento de constatación, la orden de desalojo sale innominada, es decir, ordena desalojar a todo el que esté metido y listo.

Saludos... G.
Gracias por tu respuesta pero en la demanda no lo pedi estoy con el traslado , puedo pedirlo ahora ? al efecto de enderezar la demanda ?
 #1036058  por Santina87
 
Consuktá a algún colega con más experiencia..si podrías modificar la demanda antes de dar traslado, conforme Art. 331 "el actor podrá modificar la demanda antes de que ésta sea notificada.. " y aplicar este art. a tu caso con relación a todos los ocupantes...
 #1036129  por zaza
 
Santina87 escribió:Consuktá a algún colega con más experiencia..si podrías modificar la demanda antes de dar traslado, conforme Art. 331 "el actor podrá modificar la demanda antes de que ésta sea notificada.. " y aplicar este art. a tu caso con relación a todos los ocupantes...
gracias voy a consultar y despues lo publico si?? gracias !!!
 #1036141  por reyleon
 
zaza escribió:en la demanda no lo pedi estoy con el traslado , puedo pedirlo ahora ? al efecto de enderezar la demanda ?
Art. 331 CPCCN. - El actor podrá modificar la demanda antes de que ésta sea notificada.

Saludos... G.
 #1159812  por ssidoliar
 
Respecto a la imposibilidad de notificar demanda de desalojo por vencimiento de contrato,
lo cierto es que el contrato esta sellado y no certificada la firma de los locatarios. La demanda
esta dirigida contra los locatarios y subinquilinos y ocupantes. Toda notificación fue negativa en varias
oportunidades. Pedi bajo responsabilidad y no me hicieron lugar- El juzgado me pide que acredite que los demandados locatarios viven ahi,
negándome un oficio de constatacion policial y hacen lugar a un oficio de constatacion con oficial de justicia que tendrá la
misma suerte de las notificaciones porque nadie sale.- Hemos ido a varias horas del día, es borracho, llega a la madrugada etc segun vecinos.
Alguien tiene alguna sugerencia, por favor!!!!
 #1159995  por flux
 
Que debo solicitar un mandamiento de constatación ? es mi primera vez que debo solicitar en el escrito. gracias
Oficio a Camara Electoral, si te sale el mismo domicilio donde tenes que desalojar bien, notificas bajo responsabilidad

Pero si te sale otro, anda por el lado de la constatacion de ocupantes del inmueble, si se niegan a dar datos de si mismos, o, la condicion en que ocupan, redirecciona la demanda contra "ocupantes y/o instrusos"
 #1160155  por alf17
 
Disculpen, estaba leyendo y pensé que me pueden ayudar...
Soy bastante nuevo en la profesión, y no entiendo mucho el tema de las notificaciones y las providencias.
Plantee una excepción de caducidad en una ejecución de un pagare.
Cómo sabre cuando el juez proveerá y cómo estaré al tanto de ello, me notificaran? que debo hacer después?
Me puede perjudicar que no me entere cuándo no me anoticie de la providencia?

MUCHAS GRACIAS !!!
 #1160328  por andresxeneizes
 
alf17 escribió: Cómo sabre cuando el juez proveerá y cómo estaré al tanto de ello, me notificaran? que debo hacer después?
te vas a enterar siguiendo el expte ya sea yendolo a ver al juzgado o viendolo por internet segun de donde sea
seguramente la providencia diga "de la caducidad traslado", y ahi tenes que hacerle la cedula a la contraria
alf17 escribió: Me puede perjudicar que no me entere cuándo no me anoticie de la providencia?
si, porque corre le tiempo del incidente de caducidad de la caducidad de instancia que es de un mes