COLEGAS, QUISIERA SABER SI ALGUIEN ALGUNA VEZ EMBARGO UN INMUEBLE AFECTADO COMO BIEN DE FAMILIA, EN ESTE CASO EL INMUEBLE QUE QUIERO EMBARGAR NO ES HABITADO POR EL PROPIETARIO, EN EL INMUEBLE EL PROPIETARIO TIENE UN LOCAL COMERCIAL, Y ADEMAS HAY 4 LOCALES COMERCIALES MAS, O SEA CUATRO LOCACIONES, ESPERO SUS COMENTARIOS. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.-
LOS BIENES INMUEBLES, SOBRE LOS CUALES SE CONSTITUYO UN BIEN DE FAMILIA, ( SON EMBARGABLES, PERO NO EJECUTABLES), SALVO QUE EL BIEN EXCEDA LA NECESIDAD DEL BENFICIADO, ES DECIR QUE NO RESIDA EN EL, QUE LO EXPLOTE EN FORMA COMERCIAL, PUES DEBE SOLICITAR AL JUEZ CON PRUEBAS FEHACIENTES, DE QUE EL BIEN AFECTADO A BIEN DE FAMILIA EXCEDE LAS NECESIDADES BASISCAS DE SU TITULAR REGISTRAL.
PUEDE TRATARSE DE UNA MANSION, PERO SI EN ELLA RESIDEN 10 PERSONAS, NO ES EJECUTABLE.
EN LA MISMA MANSION SOLO RESIDE UNA PERSONA SU TITULAR REGISTRAL, EL BIEN DE FAMILIA, PUEDE SER LEVANTADO SI QUIEN LO PIDE ALEGA QUE EL BIEN EXCEDE LAS NECESIDADES BASICAS DE UNA PERSONA.(EL JUEZ PIDE AL RPI, EL LEVANTAMIENTO, ORDENA SU VENTA Y A SU VEZ ORDENA AL DEUDOR COMPRARSE UNA CASITA (VIVIENDA DIGNA ART.14 BIS CN.).
LOS BIENES DE FAMILIA, SE LEVANTAN POR:
PETICION DE QUIEN SOLICITO SU CONSTITUCION.
MUERTE DEL ULTIMO BENEFICIARIO.
POR EXCEDER LA NECESIDAD DEL TITULAR DEL BIEN.
POR SOLICITUD EXPRESA AL JUEZ ALEGANDO LAS CAUSAS QUE N MOTIVAN A SU PEDIDO DE LEVANTAMIENTO. EL JUEZ DECIDE.