Facundo1976, donde lo presentaste, son pagos extemporaneos, primero espera que te lo denieguen y con la resolucion haces el escrito
RECURSO DE RECONSIDERACION ANTE LA CARSS
Sr. Gerente UDAI UDAI xxxxxxxx, solicito se eleve el presente recurso a la CARSS se aplique Resolution 30/10 probatoria del servicio domestico.
xxxxxxxxxxxxxxxxxx, quien acredita identidad con DNI xxxxxxx, con domicilio en la calle xxxxx Nro. xxxxxx de xxxxxxxx Pcia. de Buenos Aires, se presenta y
DICE:
Que con fecha xxxxxx, inicie el tramite de una jubilación, Expediente xxxxxxxxxxxxxxx, solicitada al amparo del la ley 24.476, acreditando los TREINTA AÑOS DE APORTES. Siendo denegada la misma con fecha xxxxxxx, por no considerarse acreditados, conforme las pautas contenidas en la Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas y/o probatoria de Servicios y remuneraciones para afiliados en Relación de Dependencia. Para los servicios comprendidos xxxxxxx al xxxxxxx, por RESOLUCION NRO.xxxxxxxxxx REGISTRADA EN EL LIBRO DE PROTOCOLO DE RESOLUCIONES DE LA UDAI xxxxxxxx TOMO:xx FOLIO:xxx.
OBJETO:
Que resulta formalmente procedente el tratamiento del recurso de revisión interpuesto.
Que solicite la prestación básica universal (PBU), compensatoria (PC) y adicional por permanencia (PAP), previstas en la ley 24.241, bajo el amparo de la 24.476, que fue denegada el día xxxxxxx.
CONSIDERANDOS:
Que, la parte se agravia ante esta instancia respecto al temperamento adoptado por la Administración, por no dar por acreditados los periodos detallados como SERCICIO DOMESTICO (Act. 89), del xxxxxx al xxxxxx, por no considerarlos debidamente acreditados, resultados que dependen del análisis de el área Legal de esa UDAI, que a solo efecto de no acreditarlos aduce, que los pagos fueron hechos en forma extemporánea.
Que efectivamente, los mismos fueron realizados por mi empleadora fuera de termino, la cual fue visitada por un funcionario de ANSES, aportando toda la documentación que le fuera solicitada, no solo los pagos del capital, si no que acredito los intereses por haber abonado fuera de termino. En la misma ocasión le fueron presentados dos testigos que pudieron dar fe de mi actividad laboral por los periodos declarados. Además en el expediente consta el formulario 6.293, con firma certificada del empleador, por los periodos NO ACREDITADOS.
Que, Que la resolución 30/10 DE PROBATORIA de SDM, en ese sentido, nada dice que los periodos abonados extemporáneamente, deben considerarse NO ACREDITADOS, por ello La UDAI, envía un verificador para constatar lo declarado oportunamente por el empleador en la cerificacion de servicios (formulario 6.293 para tal fin).
SOLICITO:
Que, por lo expuesto es que solicito se aplique lo reglamentado en resolución 30/10, que esta Comisión considere que, en atención a las circunstancias ya expuestas, corresponda otorgar el beneficio que vengo a solicitar y revocar la resolución que dictara la UDAI DE UDAI BAHIA BLANCA NRO. xxxxxxx DEL xxxxx y hacer lugar al régimen de facilidades otorgado y, al mismo tiempo, dar curso al pago del beneficio jubilatorio.
Que en consecuencia, procede revocar la resolución recurrida, debiendo la UDAI dictar un nuevo pronunciamiento que se ajuste al temperamento puesta de manifiesto en los considerandos que anteceden.