Situación: un grupo de hermanos, únicos herederos de su madre, la cual era titular del inmueble donde vivía, luego de la declaratoria de herederos, deciden instrumentar una cesión de derechos sobre dicho inmueble a favor de una SA. La cesión se realizó ante Escribano Público y fue inscripta ante el Registro de la Propiedad de la Pcia. de Buenos Aires. Hoy, la SA, propietaria de dicho inmueble y del terreno lindero, intenta lograr los planos unificados de dicho terreno, pero en la Municipalidad del distrito, requieren la declaratoria de herederos y el certificado de defunción para dar curso al pedido de la SA.
CONSULTA: No es necesario que la instrumentación haya sido por escribano para validar a estas personas como herederos ya declarados? y en caso de que no sea suficiente, como consigo dicha declaración de herederos sobre una sucesión de la cual la SA nunca fue parte??
Muchas gracias por su tiempo.
saludos.
CONSULTA: No es necesario que la instrumentación haya sido por escribano para validar a estas personas como herederos ya declarados? y en caso de que no sea suficiente, como consigo dicha declaración de herederos sobre una sucesión de la cual la SA nunca fue parte??
Muchas gracias por su tiempo.
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