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  • Ayuda con inscripcion de DH y CEsion en PBA

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 #1036215  por NORAESTELA
 
Hola estimados Colegas,
Estoy preparando mi primera inscripción de un inmueble,
Adquirido el 50% de la DH y el otro 50% por cesión de Der Heredit.
La Cesión está inscripta en el RPI el año pasado.
Pregunto:
- Si bien la cesión está inscripta, es un derecho personal (se cede una parte de una universalidad), no lo está con relación a un inmueble determinado. Entonces, teniendo en cuenta eso, debo inscribir el 100% del inmueble a nombre del nuevo titular? y determinar que lo adquirió 50 por dh y 50 por ch?
- Por otro lado, tengo pedidos los certificados de dom e inhib, valuación (que me dicen que están tardndo muchisimo por un paro en la plata...)
Ahora pregunto, es necesaria también el certificado catastral? es certificado o informe lo que se pide?
Tengo que presentar en el expte una ddjj de bienes para cada inscripción? (pregunto esto porque en el expte actuó otro colega y ya inscribió otros bienes, ahora queda solo este)
Certificado de deudas de arba? o ultima boleta es suficiente?
Hay que pagar algun sellado en el momento de la inscripción?
Bueno, espero no haberme excedido con las preguntas, la verdad es que la primera inscripción y me surgen dudas a cada paso, disculpen y gracias desde ya. *flor*
 #1036231  por sonicobcn
 
Hola, tenes que acompañar la cesion en el expediente y pedir que se inscriba por tracto abreviado a nombre del comprador, y el escrubano es quien va a hacer la escritura traslativa del derecho real de dominio.
Saludos
 #1036659  por NORAESTELA
 
sonicobcn escribió:Hola, tenes que acompañar la cesion en el expediente y pedir que se inscriba por tracto abreviado a nombre del comprador, y el escrubano es quien va a hacer la escritura traslativa del derecho real de dominio.
Saludos
Hola Sonicobn, muchas gracias por tu respuesta.
Ahora, me quedan las siguientes dudas:
1) por qué haría la inscripción a traves de escribano? el Juzgado puede ordenar en el oficio directamente que se inscriba?
2) por tracto abreviado el 50% que recibe por cesión de derechos hereditarios? aunque la cesión esté inscripta en el RPI, de todos modos hay que hacerla por tracto abreviado de ese 50%? y eso no puede ordenarlo el Juez directamente en el oficio?
3) además de los certif de inhib dominio valuación, también es necesria la cedula catastral? o el certificado catastral?
 #1036677  por sutriz
 
Buen dia
Tenés que acompañar la cesión en el expediente y junto con los certificados de inhib., cesión dominio y catastro(previo estado parcelario y cédula catastral si es pcia de Bs As), pago tasa y sobret.(sólo por el 50% de la suc), DDJJ y y DDJJ trans. de bienes de arba - esta sólo si el causante falleció después del 31/12/2010-, pedís la "orden de inscripción conjunta" de la declaratoria y la cesión.
Si no van a vender ,cuando tenés la orden de inscripción , haces oficio y testimonio de rigor: transcripción de declar., auto que tiene por paga la tasa, el que ordena la inscripc.conjunta, el que da por cumplido el pago de los aportes y la "transcripción íntegra" de la cesión.Después, en la parte donde denuncias a los herederos ponés,en PORCIÖN QUE SE LE TRAMSMITE, el total que recibe(en tú caso 100%) y respecto del heredero cedente ponés: CEDENTE de la totalidad de derechos que le corresponden en la sucesión de -ej. conyuge - Xxxxx (aqui, utilizá la letra de la cesión donde dice el cedente cede...)
Si van a vender por tracto abreviado, el oficio y testimonio lo hace el escribano.

Espero se entienda y te resulte útil. Saludos
 #1041250  por NORAESTELA
 
Muchas gracias!
Claro que me sirve!!!!
Ahora, perdón si pregunto mucho...pero me podrían comentar un poco qué es lo que queda para pagar en la inscripción?
impuesto a los sellos? algo del 4por mil y 2 por mil...?? Y sobre qué monto? me confundo porque tengo varios montos: la valuacion fiscal, la valuacion impuesto al acto y el monto que figura en la cesión por el pago de la misma... :oops: sobre cual debo calcular??
*flor*