Mi duda es la siguiente: un cliente sufrió accidente in-itinere regresando a su domicilio, se fractura craneo.. la ART pagó correctamente gastos médicos e incluso protesis de platino que le tuvieron que poner en craeno. Hace unos días le dieron el ALTA MEDICA y lo notificaron que a prima facie podría presentar una incapacidad de caracter permanente estimada en un 20 %. Tiene turno con servicio médico de la ART para verificar dicha incapacidad, que podría ser mayor, menor o igual claro está.
Ahora bien, no se mucho del tema, y no comprendo cuando la incapacidad es de caracter permanente y cuando definitiva? para mí son sinonimos, pero evidentemente para la ley no lo son, por favor si alguien me lo podría explicar. Asimismo quisiera saber como me recomendarian actuar para elevar el porcentaje de incapacidad y que monto cobraría supongamos que arreglemos por ese 20 % que aduce la ART.. Mi cliente está dado de alta por media jornada laboral con un sueldo de $ 3600 en bruto y 35 años de edad. Muchas gracias
Ahora bien, no se mucho del tema, y no comprendo cuando la incapacidad es de caracter permanente y cuando definitiva? para mí son sinonimos, pero evidentemente para la ley no lo son, por favor si alguien me lo podría explicar. Asimismo quisiera saber como me recomendarian actuar para elevar el porcentaje de incapacidad y que monto cobraría supongamos que arreglemos por ese 20 % que aduce la ART.. Mi cliente está dado de alta por media jornada laboral con un sueldo de $ 3600 en bruto y 35 años de edad. Muchas gracias