Buenas tardes, les consulto de un caso que nunca se me habia ocurrido.
Es una pensión directa, se percibe el haber mínimi de Anses y una renta vitalicia. La causante era docente. como se aplicaria la ley 24016 habiendose pactado una renta vitalicia? Tiene derecho a cobrar el 82% del haber de actividad? Anses pagaria la diferencia?
Gracias!
Es una pensión directa, se percibe el haber mínimi de Anses y una renta vitalicia. La causante era docente. como se aplicaria la ley 24016 habiendose pactado una renta vitalicia? Tiene derecho a cobrar el 82% del haber de actividad? Anses pagaria la diferencia?
Gracias!