COLEGAS les planteo el siguiente caso mi cliente es el Empleador, tenia a su cargo una flota de camiones que transportaba bebidas gaseosas, en Noviembre 2007 ingreso a trabajar una persona q realizaba tareas de camionero, en el mes de Octubre de 2008 esta persona es detenida por la Federal y privado de su libertad hasta Noviembre de 2013. En este periodo se suspendieron las obligaciones para ambas partes, mi cliente, el empleador, lo notifico de dicha situacion, pero nunca tuvo mas noticias de este trabajador, hasta la fecha de hoy que el mismo inicio accion contra el empleador para pedir restitucion de su puesto de trabajo; cosa que no es posible ya que esa empresa ya fue liquidada. Puedo argumentar la extincion tacita por voluntad concurrente de las partes(art.241) Existe aun la obligacion del empleador de reincorporar o indemnizar despues de 5 años?? O esta obligacion ya prescribio? Espero me ayuden ,Saludos..