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  • Reclamo honorarios a aseguradora.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1036648  por Pablo7235
 
El tema es el siguiente:
A un cliente del estudio se le incendió la fabrica de soda. Asegurada en Federación Patronal. El carancho de la compañía ni lerdo ni peresozo, rápidamente le ofreció a mi cliente como tope máximo $ 700.000 por el siniestro. Si aceptaba tenía que reunir una cantidad importantísima de documentación y si medianamente acreditaba los daños, le pagabas.
Fue así que me ofrecí a recabar y acomodar toda la documental, manifestándole que percibiría mis honorarios de la aseguradora, o sea, no le cobraba nada a él, ya que tengo abono mensual.
Después de casi un mes de trabajo, logré reunir todos los elementos y armé un reclamo, acomodándolo ya que como tenía una póliza a prorrata, no daba ni de casualidad el monto ofrecido.
Una vez presentado todo en el estudio liquidador, comencé las negociaciones. Después de un mes , consegui que autoricen la suma de $ 850.000, pero oh, sorpresa, la compañía de ninguna manera ofreció pagarme un solo peso de honorarios, ya que era un reclamo de un asegurado. Obviamente hasta ahí no le había pasado el ofrecimiento a mi cliente antes de cerrar mis honorarios con la aseguradora
Amenacé con llevar el caso a mediación y ante ello, los Sres de este estudio liquidador, con muy poca ética (aclaro que son ingenieros, no abogados) mandaron carta documento, informándole que se encontraba a su disposición el cheque por $ 850.000.
Mi pregunt es la siguiente, habiendo realizado tareas extrajudiciales, las qe también beneficiaron a la compañía, no corresponde que me paguen honorarios. Estuve viendo el art. 1627 del C.C y creo que sí, pero no quiero mandarme con un reclamo y después quedar mal parado.
Para los que me sugieran que le cobre a mi cliente, olvídenlo... ya cobró y ni las gracias me dio, para el, es todo parte del abono!!!
Espero sugerencias.
Por msj privado al que quiera le paso el nombre de la aseguradora y el estudio liquidador, así están prevenidos
Saludos
 #1037847  por frankg5
 
Estimado: Soy Ing. Civil, perito de oficio y Consultor en el tema de incendio hace muchos años. En una oportunidad -no voy a nombrar por cuestiones de ética- tuve un caso de un boliche muy grande que se incendió una noche de año nuevo. La liquidadora (quizás sea la misma que la tuya- le ofreció a mi cliente 250.000 $ (en aquel momento eran dólares!!!). Mi cliente por suerte me consultó (tenía con ellos un abono de Consultoría en Ingeniería, ya que eran propietarios de muchos inmuebles y el último trabajo que había hecho para ellos era un Revalúo de una propiedad inmensa). La cuestión es que al hacer un análisis a "ojo de buen cubero" le calculé que el monto de indemnización podía llegar a ser más de 2.000.000 $ (dos millones de pesos-dólares en aquel momento...) En la reunión de Directorio, a más de uno se le salieron los ojos como a Marty Feldman...; iniciamos el reclamo, y luego de una batalla técnica con los liquidadores, logramos llegar a 2.200.000 $ que los ofrecían pagar de dos formas: 1.800.000 $ de contado o los 2.200.000 $ contra certificación de reconstrucción. Gracias a esas intuiciones que no se de dónde me inspiraron... les aconsejé tomar el pago de contado... se cobró en Setiembre de 2001... Un par de meses después hubiese sido catastrófico.
Me da la impresión, sin conocer el tema, que si la Liquidadora tan suelta de cuerpo se estiró a solo el 20% más de lo que en un primer momento le ofrecen a tu cliente es porque saben que el costo es mayor... Un incendio de 850.000 $ equivale a la recuperación de como mucho 75 m2 de inmueble, sin contar el contenido (máquinas, muebles) ni la pérdida de producción si es que estaba resguardada. Habría que estudiar el caso...pero "cuando la limosna es grande...hasta el santo desconfía"
Suerte!!