Hola amigos foristas, me llego al estudio una srta. q tuvo un accidente de trabajo y esta hace 2 meses bajo rehabilitación con La Segunda ART, hasta ahí todo bien, el problema es que el medico auditor de la ART es el mismo que el de su obra social FEMESA, y por pedido de su medico personal intento que le autoricen una resonancia en c/u de sus piernas y el auditor no se las autorizo ya que esos estudios se los había realizado con la ART, pero como uds. saben jamas les entregan los estudios a los asegurados, el punto es que CD mediante a la obra social le fueron dadas en calidad de préstamo las realizadas por la ART, y desde el momento en que la ART se hizo cargo del caso, la cliente tan solo ha tenido rehabilitación con una kineseologa y tras consultar a otro profesional especialista éste le indica q tiene rotos los ligamentos cruzados de ambas rodillas y el auditor de la ART pasmosamente le dijo "que se le paso por alto y que no se dio cuenta de esa lesión" pretendiendo ahora derivarla a un centro especialista en Mendoza ( la cliente es de San Luis) pero como ya pasaron 2 meses la operación ahora es riesgosa por el simple paso del tiempo y la cayosidad que se forma en el lugar de la lesión, la idea es demandar al medico auditor de la ART ahora la pregunta es lo hago en contra del medico o en contra de la ART o en contra de ambos??? agradecere sus opiniones. gracias
Razonemos: ¿Quién es el obligado directo? Respuesta: La ART.
¿quién cometió el error culpable? Respuesta: el auditor.
¿Quién se vale del auditor para cumplir con su obligación legal? Respuesta: la ART.
Consecuencia: En principio, basta con demandar a la ART, que por supuesto citará como tercero interesado al auditor. Nada empece, por supuesto, a que se demande a los dos, para -como suelen decir con un guiño los abogados de las Cías. de seguros- hacer una vaquita.