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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1037301  por lex30
 
HOLA: y bueno, inicie una jubilacion, la cite al banco, cdo la estaba esperando, me llama y me dice que ya cobro y no me va a pagar!!!!!!!!!
la bronca que tengo!!!!
La llame y ya no me atiende, encima agresiva.
Pense en mandarle una cd, pero no estoy segura en el texto:

"Intimo plazo 48 hs. concurra a la oficina de la dra........, cita en ......., a efectos de abonar los honorarios adeudados correspendientes al tramite de jubilación, cuyo beneficio fuera otorgado con fecha........., bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes tendientes al cobro de los mismos, con mas los intereses, costos y costas del juicio."

Les parece bien o agrego algo?
Les cuento que tengo un convenio firmado, pero lo ingrese como titular, porque lo tenia que ingresar en la udai de su domicilio (era con el sistema viejo de turnos) y yo no fui, fue una empleada de la oficina y por ende no hay poder agregado en el expte., solo tengo un poder firmado pero con fecha posterior a la de la resolucion del tramite.
Para hacerle un juicio me parece que no tengo todas las pruebas pero uds. me diran.

Un dato de color: cuando hable que me dijo que lo me iba a pagar, le conteste que si encarga un trabajo lo tiene que pagar, nose porque supone que no hay que pagar, y me contesto: igual lo podria haber hecho yo.

Yo no se si la gente piensa lo que dice o habla porque es gratis.

Realmente tengo bronca, no lo puedo creer, calculo que no solo a mi me paso, pero no deja de asombrarme la gente.
Todavia no esta vencido el poder, pense hasta en darle de baja la moratoria, pero nose si logro algo con eso.
 #1037461  por zaffaroni
 
si no acompaño poder al expediente no puede hacer la ejecucion porque es la prueba principal de su intervencion. un poder firmado con fecha posterior a la resolucion final no acredita que ud haya patrocinado el tramite. no se que es lo que dice el convenio de honorarios que tiene porque si es por mas de 2 haberes no le va a servir demasiado ya que puede llegar a ser sancionado por hacer convenio fuera de la ley de honorarios, eso dependera del juez que le toque en suerte. conozco jueces que han dado lugar al cobro de 2 haberes con convenios firmados por 3 o mas y otros que han pedido a los colegios de abogados que sancionen al profesional :shock: no termino de entender porque ud no tiene poder agregado al expediente, ni que tiene que ver que el turno se lo hayan dado por el domicilio del titular, lo saco por titular o apoderado :?: