Holas estimados.
A una empleada con licencia por enfermedad inculpable, que comunica por TLC su embarazo, al mes y medio recibe CD donde se comunica reserva de su trabajo art 208, 209,210,211 y 212. Rechazamos la CD fundamentando en la estabilidad del art 177LCT. No contestaron. Pienso mandar TLC ante silencio reitero anterior bajo apercibimiento de considerarse despedida por su exclusiva culpa. Estará bien
gracias
A una empleada con licencia por enfermedad inculpable, que comunica por TLC su embarazo, al mes y medio recibe CD donde se comunica reserva de su trabajo art 208, 209,210,211 y 212. Rechazamos la CD fundamentando en la estabilidad del art 177LCT. No contestaron. Pienso mandar TLC ante silencio reitero anterior bajo apercibimiento de considerarse despedida por su exclusiva culpa. Estará bien
gracias