Hola colegas, mi consulta es la siguiente: Inicie la ejecucion de un pagaré contra los dos deudores firmantes de una S.H. Pero ahora mi cliente se entera que uno ha fallecido. En este caso como procedo, tengo que denunciar que fulano XXX falleció y acompañar el certificado de defunción e ir contra los herederos, o sigo el juicio contra los dos que tienen el mismo domicilio, y con uno sigo el juicio en rebeldía. Incluso el juzgado me dio la inhibición xq. desconozco bienes a sus nombres. Pero estoy estancada y no se como continuar. Si alguien me puede ayudar muy agradecida. Saludos.
Librana24 escribió:Hola colegas, mi consulta es la siguiente: Inicie la ejecucion de un pagaré contra los dos deudores firmantes de una S.H. Pero ahora mi cliente se entera que uno ha fallecido. En este caso como procedo, tengo que denunciar que fulano XXX falleció y acompañar el certificado de defunción e ir contra los herederos, o sigo el juicio contra los dos que tienen el mismo domicilio, y con uno sigo el juicio en rebeldía. Incluso el juzgado me dio la inhibición xq. desconozco bienes a sus nombres. Pero estoy estancada y no se como continuar. Si alguien me puede ayudar muy agradecida. Saludos.como pauta
Art. 43. - Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuestos en el artículo 53, inciso 5.
CPCCN
ARTÍCULO 43°: Muerte o incapacidad. Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuesto en el artículo 53°, inciso 5.
CPCCBA


