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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1037701  por jujito10
 
paso a comentarles un caso colegas, un cliente que ejercia funciones de supervisor, se tomo una licencia medica, y al volver otro supervisor estaba realizando sus tareas, en el mismo horario, la empresa no lo notifico sobre estas medidas, y tampoco le reasignaron nuevas tareas, el cliente no tiene tareas que realizar hace 2 semanas, estoy en la duda si hay ius variandi o negativa de tareas. Pense en que mi cliente envie a la empresa un telegrama de aclare situacion laboral y reintegro el puesto de trabajo, en primera instancia, todavia sin apercibimiento que se considere despedido en caso de silencio. Estoy bien enfocado? gracias
 #1037715  por MORGAN
 
primero preguntale si quiere seguir trabajando. una cosa de sentido común. lo habló en su trabajo?
es una forma de acoso laboral la segregación. estás bien enfocado estimo
 #1037781  por Herno
 
No hay ius variandi, no le cambiaron ninguna condición de trabajo... todavía...
No coincido con el colega, no hay segregación ni mobbing ni nada de eso, simplemente tu cliente cumplía tareas en un puesto muy necesario y la empresa no podía quedarse sin las tareas a esperar sentada a ver cuando retomaba tu cliente la licencia, entonces ocupó el puesto.
Si coincido en que deberías preguntarle a tu cliente si lo habló en el trabajo y que le dijeron, etc. etc. porque si le dijeron que se quede tranquilo que en una semana le daban la supervisión de otra área, toooodo esto que estamos planteando no sirve de nada digamos. Y si no lo hizo, antes que nada, que lo haga.
Podrííía, y sólo podría, en caso de que esta decisión se mantenga pese a al tiempo y alguna intimación de por medio, haber negativa de tareas o incumplimiento del deber de otorgar ocupación efectiva.
Saludos
 #1037904  por MORGAN
 
el trabajador no debe esperar ninguna situación que se prolongue en el tiempo. se termina la licencia y retoma su trabajo en las mismas condiciones anteriores y en el mismo día del reingreso, salvo que consienta el cambio.
se puede intimar inmediatamente a que efectivice tareas y cese con la conducta hostil. 2 semanas en esa situación? conducta segregacionista. es probable que el propósito sea que abandone el trabajo.
me ha tocado trabajadores con reclamos similares
 #1037926  por Herno
 
Fenómeno, entonces retoma tareas, ve que su puesto está ocupado y no espera nada, sale del trabajo, corre a ver a un abogado este le redacta un hermoso telegrama, reteniendo tareas hasta tanto le aclaren la situación laboral y todo...
La empresa lo ve conflictivo y que no quiso esperar una o dos semanas haciendo alguna que otra tarea hasta reubicarlo en sus tareas habituales conforme su categoría, cobrando lo que le corresponde por sus labores habituales, y deciden despedirlo...
En 3 o 4 años con suerte cobrará su indemnización... y mientras tanto? con que paga las cuentas?
A veces la ley o la jurisprudencia dice o permite hacer cosas que en la práctica son totalmente absurdas y carentes de sentido, pero esto es harina de otro costal.
Por eso reitero, que mejor lo hable para ver cuál es la actitud de la empresa, si lo reubican o si nos les interesa más que trabaje allí y obrar en consecuencia, pero ya sabiendo de antemano la postura y no hacer pasar al trabajador por una situación quizás innecesaria.
A veces más allá del derecho hay que hacer justicia, no olvidemos que los abogados somos los primeros jueces del caso.
Saludos
 #1038090  por MORGAN
 
la empresa suple los puestos vacantes por las licencias por enfermedad con trabajadores eventuales, justamente, la eventualidad hace que trabajen hasta la reincorporación del que estaba de baja.
estas situaciones el empleador las debe prever.
el reincorporado puede exigir su puesto inmediatamente. por supuesto que lo razonable es que lo haya hablado en su trabajo.
es de profesional bien nacido aclararle al cliente, en una situación similar, que si intima es probable que pierda el empleo o que le genere conflicto.
las especulaciones que podemos hacer respecto de si el juicio tarda 3, 4, o más años. o si puede pagar las cuentas, o si se las paga el novio, o la mujer o el padre o el amigo o si tiene cuentas, o si no le importa etc., que podría seguir por varios cientos de supuestos que puede afrontar un empleado en esa situación, no es la cuestión debatida.
lo cierto es que la postura de que debe esperar que la situación se mantenga en el tiempo para intimar es errónea.
eso debe quedar claro más allá que te guste o no las leyes actuales o la jurisprudencia o como debemos comportarnos los abogados ante una situación como la que plantearon.
 #1038119  por adessoma
 
Jujito10: Creo que todos los colegas tienen un motivo valedero: a) mientras le sigan pagando no hay jus variandi; b) tampoco debería consentir la ocupación de su puesto por un tiempo prolongado (aunque quizás mi opinión personal se identifique un poco más con el primer comentario).
Sin embargo, hay dos cosas importantes que deberías tener presente antes de mandar un telegrama:
a) ¿El vínculo está correctamente registrado? Tené presente que si hay deficiencia registral y el empleador despide a tu cliente, no podrás reclamar las multas de los artículos 8, 9 y 10 de la LE porque éstas deberían ser reclamadas mientras esté vigente el vínculo (art. 3°, inc. 1, dec. 2725/91).
b) ¿Le están haciendo todos los aportes que le retienen? Decile que vaya al ANSES y pida una sábana de aportes. Te asombraría ver a cuánto pueden ascender las multas del art. 43 ley 25345.
Saludos.
 #1078233  por Natubel
 
Estimados colegas:
Tengo el siguiente caso a resolver de modo urgente considerando que cualquier error en esta instancia puede ser terrible.
Soy abogada novel.
El tema es que mi cliente es un trabajador con una antiguedad en su empleo de 14 años. En blanco. La relación con su empleador se tornó áspera debido a los continuos reclamos verbales de mi cliente sobre su condición de trabajo (ejemplo le corresponden 28 días de vacaciones de los cuales en verano solo le dan 7) un día ante un encargado las discusiones se acrecentaron y mi cliente se retiró del trabajo sintiéndose mal. Fue al médico y obtuvo certificado. Durante los dos días consecutivos se presenta a trabajar y no se le permite el ingreso, tampoco se le acepta el certificado medico del día en que se retiró del empleo......Pensé comenzar el intercambio telegráfico..."Ante negativas de tareas solicito aclare situación laboral bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido por su exclusiva culpa"....
Me pueden orientar, me conviene que ese sea el primer paso? o me conviene esperar que lo intimen a presentarse a trabajar. Estoy segura que en el primer día hábil le llegará el telegrama de despido.
Que me aconsejan? Me ayudan por favor?
Gracias colegas!!
 #1078238  por Martincho7
 
Yo le dedicaria un primer parrafo a clarificar la situacion de hecho porque tenes que dejar asentado que es lo que esta pasando (a mi gusta hacerlo asi, otra gente prefiere ser escueto, fijate si es mas o menos lo que te conto el empleado):
Los siguientes puntos> 1. El martes 21 de diciembre de 2014 durante mi turno de trabajo, fui agredido verbalmente por mi jefe Sr_______ (Gte de Suministros de su empresa XXX SA) y tuve que retirarme con una descompensacion al medico. 2. Inmediatamente concurri a la clinica CCC donde el Dr. me reviso y me diagnostico XXXX disponiendo una licencia medica de dos dias (dias 23 y 24 de diciembre). Ese mismo dia le comunique telefonicamente a RRHH de XXX SA SrtaZZZ lo que dispuso el medico. Estuve en reposo en mi casa y nunca vino ningun medico de la empresa a revisarme. 3. El dia 25 de diciembre concurri al inicio de mi turno a mi lugar de trabajo en Lavalle 341, pero no me premitieron el ingreso y tampoco me recibieron el certificado medico. 2. El dia 26 de diciembre concurri nuevamente al inicio de mi turno a mi lugar de trabajo, pero no me premitieron el ingreso y nuevamente tampoco me recibieron el certificado medico. Exigi hablar con mi jefe y con RRHH pero me impidieron el ingreso y me instuyeron a que me fuese.
Despues si le pondria>
En consecuencia, INTIMO A UDS. EN EL PLAZO DE 48 HS. A QUE: (i) ACLAREN MI SITUACION LABORAL, (ii) CESEN LA NEGATIVA DE TAREAS, (iii) ACLAREN PORQUE NO ME DEJAN INGRESAR A MI PUESTO DE TRABAJO Y NO ME RECIBEN LOS CERTIFICADOS MEDICOS, (iv) INFORMEN EN QUE FECHA Y HORA DEBO CONCURRIR NUEVAMENTE A MI LUGAR DE TRABAJO (NEGATIVA DE TAREAS), bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriada y despedida arbitrariamente por su responsabilidad.
Certificado medico de fecha XXX a su disposicion.

La intimacion puede ser mejor o peor (obviamente teniendo al cliente en frente y con los detalles de la situcion le podes sacar mucho mas jugo y esto es solo un primer borrador), pero lo mas importante es actuar a tiempo. Manda el telegrama el primer dia que puedas! Es urgente. Y sino (teniendo en cuenta que tal vez no podes esperar hasta el lunes que viene) te vas acompaniando a tu cliente con una nota (una carta igual que el telegrama) y testigos y exigis que te la reciban y te firmen una copia. Igualmente el lunes mandas el telegrama. Saludos, Martin
 #1078295  por Natubel
 
Muchas gracias Martin, antes q nada, por tu tiempo explicando. Me sirve muchisimo. Me queda una duda, el lunes envio telegrama tal como lo venimos hablando pero el lunes ellos tambien van a mandar...si fuera el de despido el q recibe mi cliente, tras mandar nosotros el de negativa de tareas, debo responder el de despido negando las causales q alli dijeran? O continuo esperando las 48 hs x las q yo intimo en el primer tcl? No se q es lo mas conveniente de hacer ante este posible cruce de telegramas.
 #1078303  por adessoma
 
Muy bien el comentario del colega. Un punto importante que no mencionás: hay clandestinidad registral? Es decir, tu cliente tiene registrada la real fecha de ingreso y remuneración?
Además de lo que bien señaló el colega, tal vez yo le agregaría "A todo evento le recuerdo que mi domicilio particular es en la calle XXX". Esto es porque, al menos a mí me pasó, no es la primera vez que un cliente me dice que no sabe si el domicilio estaba actualizado.
Saludos.
 #1078314  por Martincho7
 
Mi presagio es que pueden pasarte dos cosas: (i) que la discusión con el jefe la hayan interpretado como injurias graves y lo hayan despedido con causa (por eso es importante ganarles de mano y decir que fue agredido verbalmente/no como reacción sino como primera carta) o (ii) que lo vayan a intimar a regresar y justificar sus faltas bajo apercibimiento de abandono (por eso te puse todos los impedimentos de entrada y que ellos deban designar cuando debo regresar).
En cualquier caso, lo quieren despedir con causa (o seguir el procedimiento para tenerlo por abandonado intimación mediante) y no abonarle la indemnización del Art 245.

En cuanto a la carta documento de ellos: estimo que ya la habrán mandado y casi seguro que te va a llegar el lunes o martes. Como trabajador no tenes plazos estrictos de 2 días hábiles para contestar (como si tiene el empleador) pero tampoco podes dilatarlo mucho mas> vas a tener que contestarla en 2 dias hábiles aprox.
Para la contestación de la empresa a tu intimación (la que mandes el lunes) vas a tener que esperar aprox una semana o diez dias ... cuando te llegue ya veras.

Ahora concentrate en el TLC del lunes.
Respecto al domicilio, es buena la sugerencia del colega adessoma.