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  • Honorarios contra el GCBA

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 #353235  por Nico
 
Hola Colegas!
El miércoles hice esta consulta en el foro de honorarios profesionales y no obtuve respuesta, quisiera saber si acá alguien puede orientarme con lo siguiente: tengo que ejecutar honorarios contra el GCBA ¿sobre que se suele trabar embargo? cuentas del banco ciudad? o en que banco tiene cuentas?
Ya intimé bajo apercibimiento de ejecución y no pagaron ... el tema es: "apercibimiento de ejecución" de qué? por favor gracias por la info que me permita seguir adelante!!!!!
Saludos!
Nico
 #353519  por PLAF_ARG
 
Hola Nico, yo etoy en la misma tengo 4 ejecuciones por cobrar y a pesar que son unos miseros $ 400 que te regulan, el GCBA no paga.
Te cuento pedí embargo sobre las cuentas que tenga el GCBA en el Banco de la Ciudad de Bs. As. siempre te lo ordenan.
El Banco te va a contestar que no es posibl embargar, atento la inembargabilidad de las cuentas del Estado.
Vos presenta este spich:


Que atento a lo maniestado por el Banco Ciudad a fs. es que vengo a solicitar a V.S, se libre nuevo oficio al Banco Cuidad de Bs. As. ordenando trabar el embargo ordenado a fs. , haciéndose constar que no son de aplicación al caso de marras los la aplicación del artículo 1 de la ley 25.973.
III.- Que como se podrá advertir del trámite de autos, V.S ordenó se trabe embargo sobre los fondos de la demandada, GCBA, a fs .
VI.- Que a fs. el Banco de la Nación Argentina remite contestación por el oficio de embargo de fs. , en donde manifiesta la imposibilidad de tomar razón del embargo en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la ley 25.973, la cual declara aplicable a las provincias, municipios y Ciudad Autónoma de Bs. As. el règimen de inmembargabilidad establecido en los arts. 19 y 20 de la Ley 24.624.
V.- Que el máximo tribunal en oportunidad de resolver un caso similar al de autos, resolvió que:“el art. 19 de la ley 24.624 fue sancionado por el Congreso de la Nación para imponer pautas racionales en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Estado evitando el desvío de los recursos presupuestarios y los trastornos consiguientes que en la economía del sector público pueda producir tal desvío (confr. "La Austral" considerando 10 y su cita) (...)el propósito de la norma no es otro que el de evitar que la administración pueda verse situada por imperio de un mandato judicial perentorio en el trance de no poder satisfacer el requerimiento por no tener los fondos previstos en el presupuesto para tal fin o en la de perturbar la marcha normal de la administración. Sin embargo, de ello no se sigue que el Estado se encuentre fuera del orden jurídico que está obligado a tutelar ni que esté exento de acatar los fallos judiciales.(Considerando 6º, 2º y 3º párrafo, Fallos 322:2133).GIOVAGNOLI, CESAR AUGISTO C/CAJA NACIONAL DE AHORRO Y SEGURO. FALLOS: 322:2133.
Conviene agregar que si el el GCBA, en este caso el condenado en el pago de las costas, no cumple con el deber que le impone la sentencia el letrado beneficiario de los honorarios debe estar facultado, , a ejecutar la condena dineraria, pues no es admisible que el GCBA pueda demorar el acatamiento de un fallo judicial mediante el incumplimiento de un deber legal.
Ello es así, toda vez que si permitimos que el GCBA, incumpla un mandato judicial, actuando ilegítimamente, nos encontraríamos en un estado de anarquía, en el cual no tendría ningún sentido el estado de derecho en el cual se confieren facultades jurisdiccionales a un determinado órgano del estado para que dirima los conflictos suscitados mediante el dictado de una sentencia con fuerza de verdad legal.
VI.- Solicitamos a V.S, a los efectos de que esta parte pueda ejecutar el mandato judicial, se ordene en el embargo ordenado a fs. , la inclusión de que a la cautelar ordenada no le es de aplicación el artículo 1 de la ley 25.973.-


Saludos Pamela
 #353712  por Nico
 
Hola Pamela, no sabés cuanto te agradezco. Hace un montón que estoy dando vueltas con esto y no sabía bien que hacer. El lunes arranco con este tema y después te cuento como me fue.
Gracias de nuevo!!
Saludos, Nico.-
 #1037977  por frankg5
 
Nico Podrás comentar cómo te fué en la ejecución? ya que estoy en la misma y no se si estoy bien orientado....