cegeele escribió:abogado 1987:
Las gracias debidas van por mi cuenta porque he leído sus citas legales que me han ilustrado....
Aprovecho para consultarlo:
Tengo un cliente que esta en DH y falta la inscripción para luego iniciar la partición...la sucesion se inició en Pcia Bs As pero al tener bienes en cap fed solicita mis servicios de matriculado en CF para realizar la partición (yo no tengo aun ninguna intervención en el juicio de sucesión)......la idea mia es tratar de lograr acordar con la totalidad de los herederos (todos mayores y capaces) una partición por instrumento privado....de ser asi se debe homologar judicialmente???....el tema de regulación de mis honorarios lo hace el Juez de la sucesión ?? que me convendría hacer'?...
Gracias
tené presente el
Art. 1.184.
Deben ser hechos en escritura pública, con excepción de los que fuesen celebrados en subasta pública:
...
2° Las particiones extrajudiciales de herencias,
salvo que mediare convenio por instrumento privado presentado al juez de la sucesión;...
C.C.
