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  • No puedo notificar al demandado! Que hago?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1038066  por eaemcm
 
Estimados colegas, he presentado hace dos días la demanda por despido contra una SRL y sus socios gerentes (hermanos) que viven en el mismo lugar.

El domicilio que indiqué de la SRL es el mismo que al momento del SECLO. Me cuentan dos amigos que tienen juicio contra ellos que no reciben las cartas de ese lugar, de modo que imagino me solicitarán nuevo domicilio para notificarlo. LES PREGUNTO:

- CUANTO TIEMPO DESPUÉS DE PRESENTADO EL ESCRITO ME INDICA EL JUZGADO QUE NO PUDIERON NOTIFICARLO? DE QUE MANERA LO HACE?

- QUE DEBO RESPONDER? TIENEN UN MODELO?

Gracias!
 #1038087  por agentil
 
Cuando vuelve la cédula sin notificar, te van a despachar "tengase presente lo informado por el oficial notificador". Ahí vas y vez que dice el informe y en base a eso luego pedis que se libre oficio a IGJ para que informe el domicilio social de la demandada. Si la sociedad esta inscripta en provincia va oficio a persona juridica de prov bs as.

saludos!!
 #1038109  por dagaboasol
 
...agrego a lo comentado x agentil, pregunta el criterio del juzg. algunos libran los oficios sin necesidad de petición, es mas, notifican x cedula para que lo confeccione y diligencie vos.
 #1038114  por adessoma
 
Tal como te informaron los colegas, te van a sacar un proveído como el siguiente:
"Agréguese la cédula recibida e intímese a la parte actora para que dentro del plazo perentorio e improrrogable de tres días denuncie el actual y correcto domicilio del codemandado XX S.R.L., bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda. NOTIFIQUESE."

Luego presentá un escrito como este:
"Que a fines de garantizar la defensa en juicio y de evitar nulidades procesales, a V.S. solicito ofíciese a la Inspección General de Justicia (IGJ) y al Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), a fin de que se informe el último domicilio registrado de la empresa codemandada "XXX SRL" (CUIT 30--5).
Asimismo peticiono a V.S. dígnese suspender términos procesales hasta recibir las contestaciones de los oficios solicitados.-"

Sin embargo, tené presente que algunos juzgados (yo solo litigo en Capital, no sé si Provincia comparte el criterio) pueden pedirte que pidas notificar bajo responsabilidad. En tal caso, no te aceptan librar oficio a la IGJ porque dicen que la averiguación del domicilio es una labor extrajudicial que está en cabeza de la parte actora.
Por lo señalado te sugiero que vayas y hables con quien lleva el expediente. Hace poco en un juzgado me sacaron este proveído:
"Sin perjuicio de no encontrarse las presentes en la etapa probatoria y siendo lo peticionado actividad propia de la parte , con el fin de evitar futuras nulidades y generar un dispendio innecesario líbrense los oficios solicitados (arts. 34 y 36 del CPCCN) cuya confección y diligenciamiento quedará a cargo del peticionante, extremos que deberá acreditar en un plazo de diez días bajo apercibimiento de tener por no presentada la demanda en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE"

Mi recomendación: Andá a hablar con quien lleva el expediente, porque si pediste notificar bajo responsabilidad y el domicilio no era el registrado, fuiste.
Atte:
 #1038719  por eaemcm
 
Gracias a todos por las respuestas! Nunca antes había ejercido y la verdad me olvidé todo lo procesal, por eso tengo tantas dudas.

La demanda la presenté el viernes y aun no está radicada en ningún juzgado... aguardo novedades respecto a eso, pero quisiera estar un paso adelante de lo que puede suceder. Les consulto:

Una vez que me intiman a que en 3 días denuncie domicilio, ¿Es correcto si solicito se libre oficio a IGJ Independientemente del criterio del juzgado?

¿Después de eso que sigue? En los próximos 10 días hábiles aparecerá mágicamente el domicilio en el expediente ¿Y qué?

Perdón tantas preguntas, pero me tiene mal esto y no encuentro ningún respuestas en la norma, gracias!
 #1038955  por eaemcm
 
adessoma escribió:Ay ay ay...a veces pienso que escribo en vano; si tan solo hubieras leído lo que te respondí antes...
Para saber dónde está el expediente: http://consultas.pjn.gov.ar/trasig/index.php
No hay problema con eso! Me estoy fijando seguido, gracias por contestar.

Mas que nada tengo problemas con el hecho de que casi con seguridad me van a solicitar nuevo domicilio del demandado y no se si tengo que ir ahora al CPACF a diligenciar el oficio a IGJ para ganar tiempo, o si aguardo que me lo solicite el juzgado.

que se hace?