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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1038074  por Gertrudis
 
Estimados, si una señora tiene lo siguiente en historia de categorías de Afip: 11 Monotributo Previsional - No aportante 09/2009 03/2010 - Monotributista; A - Monotributista Social 09/2009 12/2009 - Monotributista; B Monotributo Social Locacion 01/2010 03/2010 - Monotributista ¿Puede aplicar el beneficio del art. 3, L. 24476 para solicitar su jubilación por que es no aportante o estoy equivocada?
Gracias desde ya, saludos a los foristas.
 #1038088  por AUKA
 
A mi entender es aportante (monotributo social) sólo que está subsidiado y es diferente del no aportante, pero este último sería porque aportaba e relación de dependencia? Entonces no podes aplicar el art 3.
Bueno son reflexiones en voz alta, a ver que dicen los foristas mas experimentados
 #1038092  por fito657
 
Incluso el monotributo no aportante (11) en la mayoría de los casos se los considera en actividad y no permiten la aplicación del art. 3. En algunos casos, en algunas udai (no se cuales) se que aplicaron el art. 3 y funcionó; pero como te aparece en la situación de revista en la mayoria de los casos no lo permiten.

Lo que si, es que no te genera deuda (en detalle de deuda es como si no existiera).
 #1038158  por Gertrudis
 
Gracias por responder a ambos. Les cuento: esta sra. se jubiló con moratoria en Entre Ríos, pero tiene la jubilación de amas de casa, que en ese momento era incompatible con esa jubilación por ser otro beneficio, después con una modificación, se convirtió en compatible amas de casa, ahora pueden tener los dos beneficios pagando moratoria de contado, pero en el 2010 le sacaron la jubilación nacional que ahora quiere tramitar nuevamente y me aparece ese monotributo, lo curioso es que es en la fecha donde a la sra. le sacan el beneficio, ella no aportó nada, estoy tentada con ponerle igual el beneficio del art. 3, porque ella no aportó nada, no se...
 #1038174  por fito657
 
Hola Gertrudis, ¿estas segura que puede tener dos beneficios? tambien acordate que si hizo un aporte en 2009 aunque sea monotributo social ya no tendría ni siquiera un año de ddjj.
 #1038186  por Gertrudis
 
Hola, Fito657, sí, son compatibles porque se trata de esto: El Poder Ejecutivo Provincial dispuso mediante decreto la creación de una asignación con carácter no contributivo, complementaria, subsidiada y vitalicia que podrá ser percibida por todas las beneficiarias del Régimen de Amas de Casa de la provincia y que les permitirá también contar con el beneficio nacional otorgado por la ANSES, de modo que las dos asignaciones sean compatibles. El gobernador Sergio Urribarri ya envió la norma a la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
Yo hice nuevamente la jubilación a una sra., pero al habérseles detectado dos beneficios simultáneos, les cobran una deuda de sus haberes una vez jubiladas, descontándoles el 20% y no cobran el retroactivo, además de tener que pagar la moratoria de contado, pero no vi que aparezca eso del monotributo en ese caso...