Hola, LorePerez, interpreto que querés saber "cuánto pasarle" al cliente como valor estimado del juicio. No estoy muy canchero en estos temas, pero si sos de Capital, anda a la página del CPACF, a la izquierda, hacé click en Ejercicio Profesional y se abrirá una página de Protocolo de Honorarios y Aranceles en Sede Civil (hay otro renglón de Sede Penal, pero ahora a vos te importa el Civil). Es una Resolución del Consejo Directivo del CPACF del 2009, como guía de lo que puede cobrarse; a mi criterio está bueno lo de valuarlo según el valor del bono, aunque puede haber un defasaje con la realidad, en menos. Te copio el ítem que a vos te interesa en este caso, luego podrás leer el resto:
5) Insania y filiación: 320 bonos.
A $45 el bono tenés más de 14 lucas.
Y respecto de los alimentos, la ley 21839 establece en el art. 25:
Alimentos
25.- En los procesos por alimentos, el monto será el importe correspondiente a un (1) año de la cuota que se fijare por la sentencia, o la diferencia durante igual lapso en caso de una posterior reclamación de aumento.
Ojalá te sirva. Saludos y buena suerte.
tito