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  • pagares...cto llevan de sellado?

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 #87038  por abogado1987
 
Hola Sander, respeto tu comentario ... pero tené en cuenta que toda la legislación referente al "corralito financiero" fue declarada inconstitucional a lo largo y ancho de todo pais, juzgados de primera instancia, camaras de apelación, fallos plenarios, doctrinarios de 1er nivel, etc (miles y miles de fallos) y la CSJN con una visión muy particular la convalidó, saludos cordiales

 #103864  por jahbulon
 
Sander escribió:muchas gracias por su aportes!!!

lo q puedo decir es q la jurisprudencia solo vale cdo es mayoritaria

saludos
Hola a todos!.
Estimado Colega, lamento no compartir el criterio. Por supuesto que la doctrina mayoritaria puede ser más convincente, pero la minoritaria puede ser el nacimiento de una nueva corriente que -sumada a una excelente argumentación y planteo del caso- termine consolidandose.
En mi opinión: la jurisprudencia vale siempre, se cita correctamente para que se pueda chequear y...sutilmente se le puede agregar "mayoritaria" cuando corresponda.
Dicho coloquialmente: No me pienso perder una jurisprudencia que me sirva! :D
Muy buen post!.
Saludos.

 #103868  por Sailaw
 
El tema no es si el tenedor de un pagaré a su orden o al portador, pueda pedir la quiebra, el tema pasa por la verificación de la deuda, porque en ese caso es imprescindible entrar en la causa de la obligación, y un pagaré o un cheque, no tienen causa, son incausados, y se debe probar el origen de libramiento del mismo, y en ese caso entran facturas base de la operación, que no siempre se tienen.

 #103989  por Ulpiano-mdp
 
Ahora el tema de acreditar la causa de obligacion, hasta donde tengo entendido es una exigencia pretoriana, es decir de creacion judicial (desde fallos de Difry y Translinea con Electrodine) , pero no impuesta por la ley de quiebras, para evitar que el deudor genere acreedores "falsos" que en realidad respondan a él, lo que le va a dar el poder de aprobar las propuestas que el mismo realice a los de su misma categoria.-
Yo me pregunto, es necesario que el acreedor que pide la quiebra tambien con un pagare vencido, o cheque rechazado , tambien acredite tal causa de tal obligacion cambiaria? En este caso, no existe tal riesgo de acreedor falso, ya que el deudor podria pedir su propia quiebra si quisiera, sin necesidad de recurrir a nadie...
Dejo planteado mi interrogante, para que opinen los colegas.-

 #104012  por paloma
 
El acreedor puede pedir la quiebra con un cheque o un pagaré, pero es muy probable que al momento de pedir la verificación de su crédito el síndico se lo rechace y tenga que recurrir a un incidente de revisión para que le hagan lugar. Igualmente hay que tener cuidado al pedir la quiebra en estos casos y aseurarse de que el deudor tenga algún bien para responder. En caso de que la quiebra pedida por acreedor concluya por ausencia de activo, las costas son a cargo del acreedor peticionante.

 #104035  por Charlie
 
Ulpiano-mdp escribió: Yo me pregunto, es necesario que el acreedor que pide la quiebra tambien con un pagare vencido, o cheque rechazado , tambien acredite tal causa de tal obligacion cambiaria?
Por supuesto que no es necesario para el acreedor peticionante de la quiebra acreditar la causa de emisión de un cheque o pagaré.

La propia ley de concursos y quiebras admite que “Pueden ser considerados hechos reveladores del estado de cesación de pagos, entre otros…2) Mora en el cumplimiento de una obligación”

Pero a al decir “pueden” y no “deben”, deja librado al criterio del juez interviniente si el hecho del no pago del pagaré o un cheque rechazado, son reveladores de la cesación de pagos. Y allí el juez deberá, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, determinar si el solo incumplimiento de la obligación acredita la cesación de pagos.

Por eso existen fallos que admiten la declaración de quiebra con base en títulos circulatorios impagos, y otros que no lo admiten. Siempre es el criterio del juez el que decidirá, ya que la ley, como dije antes, no lo obliga a decretar la quiebra.

La relación causal que dio origen al pagaré o al cheque es otro asunto distinto, que tendrá importancia en el proceso de verificación de créditos. Pero nada obsta para que un acreedor solicite la quiebra sin invocar esa relación causal, que la ley no exige, como se puede ver en los fallos citados por abogado 1987 más arriba.

Saludos.

 #104111  por Dr. 8
 
Muy interesante!!!

 #104259  por Ulpiano-mdp
 
Clarisimo, como siempre, Charlie. Agradecido.- Gracias a vos tambien Paloma por tu intervención. Saludos a todos