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  • HEREDERO DEL HEREDERO INSTITUIDO

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 #1038814  por Patricio2012
 
Colegas: Estoy realizando un testamento. No hay herederos forzosos. Van a ser instituidos tres personas físicas. Puedo insertar en el testamento la cláusula según la cual si uno de los herederos instituidos no pudiere o no quisiere aceptar la herencia, la parte que le corresponde pase a sus propios herederos? Estaría renunciándola a favor de sus herederos? Es factible? Sé que es mas obvio que sería mejor instituir a los herederos del heredero instituido, pero esa no es la voluntad del testador. Toma como alternativa en segunda opción esta posibilidad que les menciono. Busqué y busqué mas que nada en el Código y no encontré al menos una norma en contrario o que lo prohíba. Encontré algún articulo que habla del fallecimiento del heredero instituido, pero ninguno del cual surja claramente en cuanto a la renuncia y la posibilidad de transmitirla. Gracias!!!
 #1038857  por poloz
 
Patricio2012 escribió:Colegas: Estoy realizando un testamento. No hay herederos forzosos. Van a ser instituidos tres personas físicas. Puedo insertar en el testamento la cláusula según la cual si uno de los herederos instituidos no pudiere o no quisiere aceptar la herencia, la parte que le corresponde pase a sus propios herederos? Estaría renunciándola a favor de sus herederos? Es factible? Sé que es mas obvio que sería mejor instituir a los herederos del heredero instituido, pero esa no es la voluntad del testador. Toma como alternativa en segunda opción esta posibilidad que les menciono. Busqué y busqué mas que nada en el Código y no encontré al menos una norma en contrario o que lo prohíba. Encontré algún articulo que habla del fallecimiento del heredero instituido, pero ninguno del cual surja claramente en cuanto a la renuncia y la posibilidad de transmitirla. Gracias!!!
Los otros herederos instituidos tienen el derecho de acrecer. Y técnicamente los sucesores de los instituidos no son herederos instituidos en el testamento. Nunca vi algo así. Y con mi modesto conocimiento te digo que no me cierra... Los intestados de un heredero instituido premuerto al testador no pueden ir por representación al testamento, se entiende? Por otro lado tené presente la preterición (la voluntaria y la errónea, porque a veces los testamentos se negocian ''off the record'' por un precio, aun siendo un acto esencialmente revocable; lo he visto). Estás segurísimo que no hay legitimarios? Igual no es tu problema, será en todo caso del legitimario y el instituido tras la muerte del testador. Saludos.
 #1038867  por sonicobcn
 
El art 3724 permite lo que se llama sustitucion vulgar, el testador puede nombrar un sustituto en caso q el instituido heredero no acepte o no pueda aceptar la herencia.
Lo q esta prohibido es lo q velez llamó la sustitucion fideicomisaria q es cuando se instituye un heredero al heredero.
Saludos
 #1038981  por Patricio2012
 
Gracias Colegas. Pero repregunto: En este caso no expongo el escenario de la muerte del heredero instituido, sino la renuncia de la herencia por parte de éste. En ese caso, sus herederos pueden presentarse a reclamar la sucesión si así esta expresamente dispuesto en el Testamento? Al renunciar, porque no puede o no quiere, sus propios herederos (ni hablar del derecho de representación, ya que ellos no tienen vínculo alguno con el testador) no podrían acceder a su parte ideal? No hay herederos forzosos, y en todo caso, con la publicación de edictos se allana el camino. Me queda la duda respecto de que el Juzgado pueda tomar esta disposición testamentaria como una sustitución fideicomisaria. En cuanto al derecho de acrecer, es taxativa la norma? Es de pleno derecho el derecho de acrecer o el testador debe mencionarlo expresamente? Gracias por sus respuestas, y disculpen si yerro en algo, pero estos casos fuera de lo común me apasionan.