Tengo el sgte inconveniente, a ver quien me pueda ayudar.
Caso: trabajador (técnico [mecánico] aeronáutico) que prestó tareas para la empresa ANDES Líneas Aereas. A este trabajador le abonaban sumas no remunerativas, aunque en el recibo no se consignaba a que acuerdo salarial o CCT corresponderían dichas sumas). El trabajador, con varios años en la empresa, desconoce que CCT lo alcanza (sus compañeros de trabajo tampoco lo saben).
Consulté en la entidad gremial que los nuclea (A.P.T.A. - Asoc. del Personal Técnico Aeronáutico) quienes, dsps de muchas evasivas, negarse a brindar información y demás, me terminan informando que no hay ningún convenio y que ANDES aplicaba a sus empleados los acuerdos salariales de otras empresas (por ej LAN), cuestión que me resultó muy extraña. No me inspiran ninguna confianza pq se niegan a brindar info telefónica y hasta tuve que concurrir personalmente a sus oficinas (Ciudadela) para averiguar casi nada. Te piden que les informes para que queres la información, quien sos, etc. Son más reticentes que si le pidiera información al Pentágono.
Investigué durante horas tratando de dar con el CCT aplicable, tanto en la web del Ministerio de Trabajo como en la biblioteca, a la que acudí personalmente, pero no encuentro nada. De hecho no encontré un convenio que riga la actividad. Sí hay varios convenios por empresas (LAN, Aerolíneas, etc) para técnicos aeronáuticos pero -no le son aplicables- a mi cliente.
Tengo 3 alternativas:
1) Que sea muy bolu... y no pueda encontrar el CCT (x actividad) aplicable (no lo creo, pero si alguién lo conoce, agradezco la información)
2) Que la empresa no tenga ningún acuerdo y aplique (informalmente) el de otras empresas.
3) Que no exista CCT y se rigan por la LCT
Tengo que plantear demanda y voy pedir la inconstitucionalidad de las sumas no remunerativas, pero para ello tengo que tener plena certeza del CCT/acuerdo que voy a impugnar.
Si es 2) o 3) no me hago problema, pq dichas sumas se incluirían automáticamente en el básico (independientemente del nomen juris que le asigna la empleadora)
Tenía pensado iniciar una diligencia preliminar a efectos de que el Ministerio de Trabajo, APTA e incluso la futura demandada informe cual es le CCT aplicable a los técnicos aeronáuticos.
Como lo ven? Escucho sugerencias...
Caso: trabajador (técnico [mecánico] aeronáutico) que prestó tareas para la empresa ANDES Líneas Aereas. A este trabajador le abonaban sumas no remunerativas, aunque en el recibo no se consignaba a que acuerdo salarial o CCT corresponderían dichas sumas). El trabajador, con varios años en la empresa, desconoce que CCT lo alcanza (sus compañeros de trabajo tampoco lo saben).
Consulté en la entidad gremial que los nuclea (A.P.T.A. - Asoc. del Personal Técnico Aeronáutico) quienes, dsps de muchas evasivas, negarse a brindar información y demás, me terminan informando que no hay ningún convenio y que ANDES aplicaba a sus empleados los acuerdos salariales de otras empresas (por ej LAN), cuestión que me resultó muy extraña. No me inspiran ninguna confianza pq se niegan a brindar info telefónica y hasta tuve que concurrir personalmente a sus oficinas (Ciudadela) para averiguar casi nada. Te piden que les informes para que queres la información, quien sos, etc. Son más reticentes que si le pidiera información al Pentágono.
Investigué durante horas tratando de dar con el CCT aplicable, tanto en la web del Ministerio de Trabajo como en la biblioteca, a la que acudí personalmente, pero no encuentro nada. De hecho no encontré un convenio que riga la actividad. Sí hay varios convenios por empresas (LAN, Aerolíneas, etc) para técnicos aeronáuticos pero -no le son aplicables- a mi cliente.
Tengo 3 alternativas:
1) Que sea muy bolu... y no pueda encontrar el CCT (x actividad) aplicable (no lo creo, pero si alguién lo conoce, agradezco la información)
2) Que la empresa no tenga ningún acuerdo y aplique (informalmente) el de otras empresas.
3) Que no exista CCT y se rigan por la LCT
Tengo que plantear demanda y voy pedir la inconstitucionalidad de las sumas no remunerativas, pero para ello tengo que tener plena certeza del CCT/acuerdo que voy a impugnar.
Si es 2) o 3) no me hago problema, pq dichas sumas se incluirían automáticamente en el básico (independientemente del nomen juris que le asigna la empleadora)
Tenía pensado iniciar una diligencia preliminar a efectos de que el Ministerio de Trabajo, APTA e incluso la futura demandada informe cual es le CCT aplicable a los técnicos aeronáuticos.
Como lo ven? Escucho sugerencias...
AGDA