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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1039115  por brianafer
 
Estimados colegas.
Solicito su ayuda. Es mi primer caso. Viene a mi estudio una cliente para solicitar que la represente como patrocinante.
Su anterior letrado, luego de la primera audiencia previa (esto es en Mar del Plata), donde previamente solicito cuota provisoria, en la audiencia citada no se llego a un arreglo mas que por el valor de la cuota provisoria que desde ya es muy pequeña para los tres hijos menores.
Se establece una segunda audiencia de seguimiento. El demandado no asiste, y el colega solicita cierre de etapa previa, sin consultarle a mi clienta.
Y además renuncia al patrocinio letrado, cosa que la actora no sabia y nos enteramos cuando fuimos ambas a ver el expte.
Necesito su ayuda por favor. No se como seguir, ya pague los bonos y se me presento como su nueva patrocinante. El despacho dice notifique nuevo domicilio procesal. ¿debo notificar al abogado del demandado y al demandado del nuevo domicilio procesal?
¿es posible solicitar al juzgado una nueva audiencia? No fue notificado el cierre solicitado por el ex patrocinante al demandado.
Hay mucha prueba solicitada. ¿Cómo procedo? Comienzo a producirla y la presento?. Por favor me encuentro bastante sola trabajando y no se como se procede.
Agradezco su ayuda desde ya muchísimas gracias.
 #1039260  por MCuello
 
1ª Por lo que leo, ya hay demanda presentada.
2ª En el tema de alimentos no hay etapa previa. Generalmente existen audiencias a ver si las partes acuerdan algo y se homologa lo acordado, pero no es este el caso, ya que el Sr. evidentemente se "conforma" pagando la pequeña cuota que abona.
3ª Para qué querés otra audiencia? Perderías el tiempo intentando notificarlo y dilataría más la cuestión.
4ª Fijate después de presentada la demanda cuál fue el 1º proveído, seguramente ahí hay mucha prueba que te ordenan producir (oficios, pericias, testigos, etc)

La cuota que tienen acordada es provisoria, asi es que, yo produciría toda la prueba.
Eso sí, mientras tanto, notificá al domicilio CONSTITUIDO (el del abogado del ddo solamente) por cédula tal cual te dice el proveído...(después que vaya el colega a ver de qué se trata).
En la cédula ponés: Dr.XXXX XXXX (el nombre del demandado) y el domicilio que constituyó...

Una vez que produjiste toda la prueba (aunque no tengas la prueba de testigos, ya que podés desistir de ella, dependiendo del caso...), pedís que se dicte sentencia a fin de que V.S. resuelva los alimentos definitivos.
Cualquier cosa, avisá...
Suerte.
Marisa
 #1039341  por brianafer
 
muchisimas gracias por tu repuesta Marisa. Super clara y me diste una gran ayuda
si no se notifico la demanda debo notificarla . mil gracias