Hola colegas, me llego un caso de un trabajador que sufrió un accidente laboral anterior a la nueva ley de riesgos. El ya cobró de la ART, que le reconoció un porcentaje de incapacidad bastante menor al que vamos a reclamar. Como sigue prestando tareas con el mismo empleador, solo vamos a demandar a la ART. Una de las dudas que tengo es sobre si se aplica o no la actualización por el indice RIPTE y el 20% que establece la nueva ley, porque he leído fallos en donde solo aplicaban el ripte y no el 20%. Y otra duda es si conviene iniciarlo en capital o en provincia, porque también he leído fallos donde el juez de caba se declaraba incompetente ante una demanda por reparación integral con base en el derecho civil en casos anteriores a la nueva ley. Agradezco desde ya sus consejos y cualquier jurisprudencia que me pueda ayudar.