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  • Necesito resolver urgente: Luto y plazos procesales

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 #1038926  por frankg5
 
Soy Perito Judicial y por tanto mi actividad se encuentra asimilada a la de los letrados o funcionarios judiciales en muchos temas. El año pasado estuve por 60 días atendiendo a mi padre que estaba internado con una cardiopatía muy complicada, que derivó en 3 by pass coronarios una posterior infección generalizada, y dos paros cardíacos que luego de 60 días de una agonía muy complicada lo llevaron a la muerte. En ese período, desatendí absolutamente todo menos -obvio- a mi papa. Cuando faltaban 8 días para su fallecimiento y en el peor momento, me llega una cedula notificándome honorarios; yo apelo y fundamento en el mismo escrito (Fuero Nacional Civil); lo que en muchos juzgados es aceptado y consienten la apelación y la presentación de fundamentos...pero en éste juzgado no...salvo que venga con firma de letrado. Así salió cuatro días antes del fallecimiento de mi viejo, el auto concediendo la apelación pero que ordenaba: "En cuanto a los fundamentos efectuados en el escrito en despacho, deberán ser suscriptos por letrado (art. 56 CPCC).-" Lamentablemente, entre el fallecimiento, el sepelio, el contener a mi vieja y demás..., me enteré a los 20 días del auto que ordenaba la presentación con firma de letrado; cumplí pero el juzgado resolvió: "Vencido en exceso el plazo de 2 días conforme lo dispuesto por los art 56 y 57 del CPCC, la presentación que ahora efectúa deviene extemporánea."
Presento un escrito invocando razones de fuerza mayor y acompañando certificados y pidiendo que se tenga por presentado con firma de letrado el escrito, pero el juzgado resuelve: "Sin perjuicio de la comprensión respecto del dolor humano que invoca el experto en el escrito en despacho; teniendo en consideración la perentoriedad de los plazos que determina el art. 155 del Código Procesal y el principio de preclusión del proceso, no ha lugar a lo pretendido." Supuse que estaba más que justificada la imposibilidad de presentar el escrito ya que la notificación de la resolución que obligaba a presentar con firma de letrado obró el día anterior al del fallecimiento del viejo y que me darían un período de "gracia" por el luto....Hay algo más que se pueda hacer???? La última resolución fué de ayer.
Gracias por los aportes!!!
 #1039389  por frankg5
 
Squonk escribió:Lo veo complicado.
Los días de "luto y llanto", tal como los definia la Doctrina, son solamente nueve
Es así Squonk...perdí más con lo otro... Gracias por tus aportes!! Con Uds estoy haciendo un posgrado en Procesal espectacular!!!