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  • mordedura de perro. empleada

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 #1040036  por Santina87
 
Que tal, los consulto por el tema siguiente
una empleada domestica fue mordida por uno de los perros de la casa donde trabaja.
El tema fue que justo ese perro que la mordió debió estar atado, en ese momento, si bien la empleadora lo había soltado "sin dar aviso a la empleada" a quien ordenó que soltara los 2 perros de adelante (los cuales atacaban al de atrás porque este era más viejo...y no se llevaban bien los canes).
Resultó herida en su mano izq, la operaron luego, se le infectó , etc, etc, la ART la está cubriendo por el momento...
La empleadora a partir del accidente , le de´positó la mitad de sus haberes en la cuenta sueldo, y el presente mes aún sin depositar.
Encaro el reclamo vía ]TCL ? cuáles son los rubros que sí o sí no puedo obviar.
La empleada no tiene voluntad de seguir, su patrona nunca la llamó para saber cómo estaba.

Vía civil, inicio por responsabilidad objetiva 1124 CC, etc, 1113CC?
Agradezco, quien tenga experiencia en estas cuestiones y acepto con gusto sus observaciones.
Saludos.
 #1040040  por DRA. MACA
 
Santina87 escribió:Que tal, los consulto por el tema siguiente
una empleada domestica fue mordida por uno de los perros de la casa donde trabaja.
El tema fue que justo ese perro que la mordió debió estar atado, en ese momento, si bien la empleadora lo había soltado "sin dar aviso a la empleada" a quien ordenó que soltara los 2 perros de adelante (los cuales atacaban al de atrás porque este era más viejo...y no se llevaban bien los canes).
Resultó herida en su mano izq, la operaron luego, se le infectó , etc, etc, la ART la está cubriendo por el momento...
La empleadora a partir del accidente , le de´positó la mitad de sus haberes en la cuenta sueldo, y el presente mes aún sin depositar.
Encaro el reclamo vía ]TCL ? cuáles son los rubros que sí o sí no puedo obviar.
La empleada no tiene voluntad de seguir, su patrona nunca la llamó para saber cómo estaba.

Vía civil, inicio por responsabilidad objetiva 1124 CC, etc, 1113CC?
Agradezco, quien tenga experiencia en estas cuestiones y acepto con gusto sus observaciones.
Saludos.
Vía civil 1113 CC, por ser dueña y guardiana del animal.

Vía laboral, los primeros 10 días corresponden los gastos afrontarlos la empleada, luego la art. Mandá tcl y ojo con el alta que la firme en disconformidad.
 #1040149  por Santina87
 
gracias DraMaca, es decir, puedo ahora enviar TCl reclamando el depósito de los sueldos completos..
Luego, la empleada sigue con licencia, ya que está en etapa de kinesio.. Cuando le den el alta, que firme en disconformidad. La intención de ella es no seguir trabajando en ese lugar, qué plazo para darse por despedida, después del alta (en disconformidad)..no vuelve. hasta que el empleador la despida.. o espera la intime a reanudar tareas?

en via Civil, es el 1113 (daño por la cosa que tiene a su cuidado) que se hace extensivo del 1124 CC"el propietario de un animal doméstico.." ?
 #1040253  por DRA. MACA
 
Santina87 escribió:gracias DraMaca, es decir, puedo ahora enviar TCl reclamando el depósito de los sueldos completos..
Luego, la empleada sigue con licencia, ya que está en etapa de kinesio.. Cuando le den el alta, que firme en disconformidad. La intención de ella es no seguir trabajando en ese lugar, qué plazo para darse por despedida, después del alta (en disconformidad)..no vuelve. hasta que el empleador la despida.. o espera la intime a reanudar tareas?

en via Civil, es el 1113 (daño por la cosa que tiene a su cuidado) que se hace extensivo del 1124 CC"el propietario de un animal doméstico.." ?
Dale una leída a la LRT, a la LCT. Con respecto al 1113 se habló bastante del tema y hay una ley (no recuerdo el numero) que exige que los animales peligrosos deben andar con correa y bozal.